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'acto de trámite', según el magistrado

El juez rechaza el recurso de Cs contra el informe de la Vila para ampliar el campo de golf

LA VILA JOIOSA. El magistrado del Juzgado Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante ha rechazado el recurso interpuesto por el portavoz de Cs en el Ayuntamiento de la Vila Joiosa, Francisco Pérez Buigues. El concejal impugnó el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del pasado 11 de junio de 2020 en el que se emitía un informe necesario para tramitar la Declaración de Interés Comunitario en el que trabaja la Generalitat a petición de Los Almendros de Alicante SA para la ampliación del campo de golf de la Vila en la Partida Almiserá.

Como ha venido contando Alicante Plaza, el proyecto se limita a la construcción de nueve hoyos que complementarían al que ya hay en el espacio contiguo de Finestrat. Hay que tener en cuenta que la construcción está en suelo no urbanizable, por lo que la empresa Los Almendros, propietaria de la parcela, necesita que la DIC para seguir con el proyecto.

La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, señala que el Consistorio defendió que se trata de un mero informe solicitado por otra administración pública. Una alegación que acepta el juez y considera que se trata de un acto de trámite "no cualificado" y determina que sea imposible la continuidad del procedimiento. En este sentido, recuerda que el Ayuntamiento "ni instruye ni resuelve el expediente limitando su participación a evacuar informe  sobre los extremos contemplados en el art. 203 de la LOTUP".

Al mismo tiempo, destacan que estos informes municipales son preceptivos, pero no vinculantes. "Por tanto –dice el fallo– la parte recurrente ha dirigido el recurso contra un acto de trámite no cualificado, y por tanto, no susceptible de impugnación jurisdiccional autónoma hasta que se dicte en el procedimiento administrativo resolución definitiva que ponga fin al mismo".

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