ALICANTE. No habrá barra libre para la organización de conciertos en el futuro recinto dedicado al ocio y las actividades culturales al que la Autoridad Portuaria pretende dar encaje en la explanada del muelle 12: conocido popularmente como la Zona Volvo. El concurso convocado para conceder la explotación de ese espacio, en sintonía con la experiencia que se desarrolló por primera vez en 2020, limita el desarrollo de toda actividad relacionada con la música poco más allá de la medianoche, de modo que deberá cesar a las 00:30 horas de cada jornada en la que se programe cada evento. Con ello, se trata de limitar posibles afecciones que pudiesen generar molestias por ruido en el entorno, de modo que ese horario encaja con el establecido para el funcionamiento de las terrazas de la hostelería habilitado con la actualización de la Ordenanza de Ocupación de Vía Pública que entró en vigor el pasado 8 de enero.
De hecho, las bases de la convocatoria también establecen que la actividad hostelera que se preste en el recinto como servicio añadido a las actividades culturales que puedan desarrollarse también deberá terminar a esa misma hora. Es más, se apunta que el funcionamiento de esa zona dedicada a la restauración, con venta de comida y bebida para los asistentes, queda limitado a ese mismo régimen horario. Y no solo eso. Ese servicio solo podrá ofrecerse en los momentos en los que exista programación en el recinto, de modo que no podrá tener una actividad permanente disociada de las actividades musicales o culturales, según especifica la propia Autoridad Portuaria a modo de aclaración, en respuesta a las consultas formuladas por empresas interesadas en optar a la explotación del espacio.
¿Qué otras condiciones específicas deberá cumplir el futuro concesionario? Además, de asumir la limpieza del espacio y de proveerse de los correspondientes seguros, las bases del proceso también recomiendan que se procure el vallado del espacio para delimitar la zona sujeta a la concesión, de 7.856 metros cuadrados (con la posibilidad de que pueda ampliarse de forma justificada, previa autorización), y establecen la prohibición de practicar anclajes o modificaciones en el pavimento de la explanada para evitar su deterioro. Y se añade al menos una particularidad especial que atañe a la propia disponibilidad del espacio: el futuro operador del recinto deberá adaptar su funcionamiento a la organización de los eventos que deben transcurrir en ese mismo ámbito. Se trata, en concreto, de la celebración de la etapa de salida de la Ocean Race, cuya próxima edición se celebra en 2027 (en una fecha definitiva todavía por confirmar), de forma que el concesionario debería adaptar sus horarios de apertura y las condiciones de su servicio de limpieza a las necesidades de ese evento.
El concurso parte por un año de duración con dos posibles prórrogas de un año cada una
A esa cita, se sumaría la necesidad de que el espacio tuviese que adaptarse a la organización de la Media Maratón, que suele fijar su meta de forma habitual en el propio muelle 12, así como a la celebración de la Vuelta a la Escollera. Y se deja constancia de que el recinto debe ser compatible con el espacio cedido por la Autoridad Portuaria a la Foguera Port d’Alacant para instalar su Racó Juvenil durante el periodo comprendido entre el 16 y 26 de junio.
Plazos y precios
Todo ello, en la hipótesis de que el recinto esté operativo a lo largo del periodo de tres años previsto por la Autoridad Portuaria para el desarrollo completo de la concesión planteada. La convocatoria parte, en realidad, con una duración inicial de un año, en la que caben hasta otras dos prórrogas de un año cada una, lo que extendería su funcionamiento hasta 2028. Por lo pronto, en las bases del concurso se plantea que la actividad de organización de eventos podría comenzar a desarrollarse a partir de abril de este mismo año, siempre que para entonces se disponga de los permisos y licencias correspondientes que deban conceder otras administraciones.
Entre el resto de requisitos recogidos en la convocatoria, se precisa que el gestor que opte a la explotación del recinto deberá abonar las correspondientes tasas por el uso del espacio. En concreto, se requiere de una suma anual de 71.617,24 euros por tasa de ocupación, además de otros 1.912,35 euros correspondientes al servicio de recogida de residuos que asume la Autoridad Portuaria y de otra tasa de actividad de entre el 2 y el 6% ligada al volumen de negocio registrado.