Alicante

El juicio por la ZAS del Casco Antiguo de Alicante, en la fase final entre dudas sobre el recorte horario

El primero de los seis procesos iniciados por los hosteleros se adentra en la fase de presentación de conclusiones, tras la declaración del técnico que informó sobre las sonometrías. Dicho técnico manifiesta que no recomendó una reducción de horarios de actividad, que el PP sí decidió aplicar.

  • Una de las protestas frente al ruido organizadas por los vecinos del Casco Antiguo de Alicante.
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ALICANTE. La primera de las seis impugnaciones presentadas por hosteleros del Casco Antiguo de Alicante frente a la Zona Acústica Saturada (ZAS) aprobada por el equipo de gobierno, del Partido Popular (PP), el pasado noviembre, entra en su fase final en los juzgados. De hecho, la resolución de ese primer contencioso queda ahora expuesto al trámite de presentación de los escritos de conclusiones para que -tras su evaluación- pueda procederse al dictado de sentencia, después de que, este jueves, se celebrase una vista en el proceso seguido en la plaza número 1 de la Sección de lo Contencioso del Tribunal de Instancia de Alicante en la que se produjo la declaración del técnico que elaboró el informe sobre las sonometrías en las que se fundamentó la declaración de la ZAS.

Lo cierto es que, de algún modo, las explicaciones que proporcionó dicho técnico -que compareció en calidad de perito- podrían favorecer las pretensiones de los empresarios en la medida en que apuntó que en ese dictamen, en el que se reflejaba la superación de los niveles sonoros máximos a partir de las mediciones practicadas, no incluyó ninguna recomendación para que se aplicase una reducción en los horarios de funcionamiento de los establecimientos hosteleros, según señalaron fuentes jurídicas consultadas.

En concreto, dicho técnico representante de la consultora especializada Cecor (a la que el Ayuntamiento le encargó la elaboración de las mediciones), apuntó que en ese dictamen sí apuntó la conveniencia de que se redujese la superficie de las terrazas de esos negocios, pero no incorporó sugerencias respecto al adelanto en la hora de cese de actividad que sí aplicó el equipo de gobierno al acordar la ZAS. 

Además, según las mismas fuentes, el técnico señaló que situó los sonómetros en el perímetro de calles que se le trasladó desde el Ayuntamiento, sin contar con ningún informe o estudio previo para precisar su ubicación idónea. E incluso llego a señalar que era consciente de que los registros captados no procedían únicamente de la actividad registrada en los establecimientos hosteleros, puesto que también se captaban otras fuentes de ruido. Por último, respecto al encargo para la elaboración de esas mediciones, señaló que se realizaron dos contratos distintos, a pesar de que la representación legal de los empresarios apuntó que no se había podido localizar documentación al respecto entre la documentación incorporada en el expediente de declaración de la ZAS. 

Diez días para conclusiones

¿En qué situación queda ahora la resolución de ese recurso? El juzgado debe conceder ahora un plazo de diez días a los recurrentes para que aporten su escrito de conclusiones. En principio, todo parece indicar que los hosteleros incidirán en los argumentos esgrimidos hasta ahora para reclamar que la ZAS quede sin efecto. Primero, el desfase de las mediciones, practicadas a mediados de 2024, que no reflejarían la situación real actual. Segundo, la arbitrariedad del perímetro de calles incluido en esa ZAS, sin incorporar otras en las que también existiría presencia de negocios hosteleros. Y tercero, el hecho de que el acuerdo de implantación de la ZAS se hubiese aprobado en Junta de Gobierno cuando, según sostienen, la ordenanza de ruido establece que se trata de un acuerdo que debe adoptar el pleno de la corporación.

  • Captura de un vídeo grabado por los vecinos en el exterior de los locales de ocio del Casco Antiguo. -

A partir de ahí, el juzgado dará traslado del escrito de los recurrentes a la representación legal del Ayuntamiento y a la de los residentes del Casco Antiguo, representados por la Asociación Laderas del Benacantil. En ese momento, también dispondrán de otro plazo de diez días para presentar sus propios escritos de conclusiones. Después, el proceso quedará visto para sentencia. Por su parte, las otras cinco impugnaciones también presentadas por los empresarios frente a la misma ZAS continúan en distintas fases de tramitación en otros juzgados.

Entre tanto, las restricciones contempladas en esa ZAS continúan siendo de aplicación. Entre ellas, además de la suspensión de licencias para nuevos locales que se acordó como medida cautelar en febrero de 2025, las fundamentales consisten en el adelanto de la hora de cese de actividad y la reducción al 50% de la superficie destinada a la instalación de veladores para los locales situados en la Plaza Quijano y en las calles Virgen de Belén, San Agustín y Montengón, además del refuerzo del control policial para velar por el cumplimiento de los horarios autorizados. 

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