ALICANTE. La justicia cierra la puerta a las pretensiones de la Asociación de Apartamentos Turísticos de la Comunitat Valenciana (APTUR-CV) en su intento de revertir el acuerdo de suspensión de licencias para alojamientos turísticos promovido por el equipo de gobierno de Alicante, del Partido Popular (PP) desde finales de 2024. La Sección de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia de Alicante, plaza número 1, ha desestimado el recurso presentado por la patronal de los apartamentos contra esa decisión, que se acabó aprobando el 19 de diciembre de 2024, por la que suspendía el otorgamiento de informes de compatibilidad urbanística, así como de cualquier título habilitante de cambio de uso para la implantación de nuevas Viviendas de Uso Turístico (VUT) en el municipio de Alicante con el fin de plantear una propuesta de regulación que ordenase la implantación de toda modalidad alojativa en la ciudad.
Esa moratoria debía tener una duración mínima de un año, prorrogable a dos siempre que, en el primer año de vigencia, se iniciasen los trámites para disponer de esa nueva ordenación. Y ese propuesta de planificación se aprobó a finales de 2025, gracias a la propuesta de modificación puntual número 52 del PGOU por la que se delimita la ratio de 0,187 plazas por habitante por cada distrito censal como umbral máximo para autorizar la implantación de nuevos hospedajes.
Sea como fuere, ese acuerdo no supuso la paralización del recurso de APTUR CV, que consideraba entre los argumentos que lo fundamentaban que la decisión de congelar la concesión de permisos para VUT resultaba desproporcionada, arbitraria y que no estaba justificada, toda vez que los informes encargados por el propio Ayuntamiento de Alicante apuntaban que la ciudad no presentaba una situación de saturación. No obstante, la resolución judicial rechaza las pretensiones de la patronal y considera que la decisión sí estaba debidamente fundamentada.
En concreto, la sentencia expone que "resulta adecuadamente motivada y justificada la decisión de suspensión, siendo una decisión proporcionada en razón de los fines que -como medida cautelar- persigue; lo que hace que no quepa apreciar la existencia de discriminación alguna, ni infracción de las normas sobre libre prestación de servicios, competencia y unidad de mercado", según concretan fuentes municipales, a través de un comunicado, en el que se da cuenta del contenido del pronunciamiento del juzgado.
Al tiempo, la resolución judicial resalta el "interés general buscado a través de la suspensión cautelar adoptada y limitada en el tiempo, como es la protección de medio ambiente y el entorno urbano". "No escapa al común de los conocimientos que una saturación de VUTs en determinadas áreas o zonas del municipio comporta una serie de efectos como la saturación de visitantes que genera un detrimento en la calidad de los espacios públicos como calles peatonales, plazas, parques…, con descompensación de los estándares dotacionales", prosigue la sentencia.
Además, según las mismas fuentes, el juez establece que con la decisión municipal "se persigue como objetivo de interés general como es el derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, en la medida en que un crecimiento descontrolado de VUTs genera un impacto en el mercado inmobiliario residencial, con afectación al régimen de alquileres (en particular los de larga temporada) y su oferta, con la consiguiente afectación de los precios".
La argumentación jurídica considera finalmente que "desde una perspectiva urbanística, la existencia de VUT en situación irregular genera un doble problema: por un lado, altera el equilibrio del mercado, ya que estas viviendas pueden operar sin cumplir con las obligaciones fiscales y de calidad; por otro lado, su presencia en zonas residenciales puede agravar el impacto de la turistificación, sin que se adopten medidas de control efectivas".
Continuidad de las medidas
¿Qué consecuencias efectivas tiene la sentencia? En realidad, únicamente que se consolide la vigencia de la suspensión de permisos. Así lo ha subrayado el propio alcalde, Luis Barcala, al valorar la sentencia, para afirmar que tras esta resolución judicial "la suspensión de licencias para apartamentos turísticos se mantiene" tal y como acordó el pleno del Ayuntamiento de Alicante. "Defendemos los intereses de los alicantinos en el Ayuntamiento y los defendemos en los tribunales cuando es necesario. Seguiremos defendiendo que queremos ordenar los apartamentos turísticos", ha valorado.
Además, persiste el trámite de la propuesta de regulación del sector, que continúa con su tramitación. "El sometimiento a información pública de esta modificación", que quedó aprobada con el voto a favor del grupo municipal del PP y la abstención del resto de grupos, "permite mantener vigente la moratoria en la concesión de licencias a viviendas de uso turístico durante el segundo año ya previsto inicialmente, mientras se aprueba definitivamente la nueva regulación".
Eso sí, está por ver si APTUR CV decide recurrir la sentencia en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV), como parece probable, con el objetivo de que el alto tribunal autonómico revoque la decisión de primera instancia y anule la suspensión de licencias. Al margen de ello, APTUR CV también había anunciado la posibilidad de interponer recurso frente a la modificación puntual del PGOU por la que se plantea la nueva regulación del sector.