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Así queda la ordenanza de terrazas en San Vicente: los servicios municipales tienen voz para instalarlas

Los técnicos del Ayuntamiento decidirán si las mesas y sillas se pueden instalar frente a un paso de peatones.

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SAN VICENTE DEL RASPEIG. San Vicente tiene oficialmente nueva ordenanza reguladora de terrazas. El texto se ha aprobado definitivamente después de que el equipo de Gobierno (PP y Vox) rechazaran todas las alegaciones de la tasa presentadas por grupos municipales, vecinos y vecinas y negocios hosteleros contra la nueva Ordenanza Fiscal de ocupación de vía pública que regula el precio de las mesas y sillas.

La modificación de la ordenanza se propuso en una sesión extraordinaria de pleno, en concreto el 8 de octubre. Al aprobarse inicialmente, se expuso al público 30 días y recibió varias alegaciones en el apartado de la tasa. Entre ellas, el PSOE propuso rebajar en un 50% la cifra a pagar y sustituir el sistema de cuatro tarifas trimestrales por una cuota anual única; mientras que Esquerra Unida-Unides Podem abogó por bonificaciones en función de la permanencia, la sostenibilidad, la antigüedad y el periodo de temporada baja.

Detalles de la ordenanza

La ordenanza y las tasas estuvieron derogadas desde 2020 con motivo de la covid, por lo que se tuvo que solicitar un nuevo informe actualizado de uso de la vía pública. Ahora que está aprobada la modificación, el texto establece que corresponderá a los servicios municipales determinar si la instalación es compatible cuando la terraza entre en conflicto con la existencia de un paso de peatones sobredimensionado.

También entrará la autoridad competente del Ayuntamiento para definir zonas donde se excluya o limite la instalación de terrazas y elementos similares. Entre terrazas de establecimientos contiguos no podrá existir colindancia y se deberá mantener una separación mínima dedos metros libres.

De manera general, las fachada del establecimiento que quiera instalar terrazas lo tendrá que hacer frente a la misma, aunque en calles peatonales, plazas, bulevares u otras situaciones excepcionales, se podrá instalar en otra ubicación y con otra dimensión.

Como norma general, solo se autorizarán las terrazas en las aceras que tengan un ancho igual o superior a 3,50 metros, dejando un espacio destinado al tránsito peatonal de, al menos, 1,80 metros. Y si se habilitan en la calzada, se tendrán que alzar sobre una tarima adosada al bordillo de la acera.

En cuanto al horario, con carácter general se podrán instalar las terrazas desde la 8:00 horas hasta la 1:00 horas del día siguiente, ampliándose hasta las 1:30 horas los viernes, sábados y vísperas de festivos. Durante el verano (del 14 de junio al 30 de septiembre), Semana Santa (desde domingo de Ramos al domingo de Resurrección) y la Navidad (desde 24 de diciembre hasta el 6 de enero), estos espacios deberán estar cerrados a las 2:00 horas; mientras que los viernes, sábados y vísperas de festivos del periodo estival el cese será a las 2:30 horas.

Los elementos que están permitidos instalar son mesas, sillas, sombrillas, toldos, estufas y tarimas o elementos de elevación del pavimento. No podrán habilitarse toldos fijos.

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