Entrada en vigor de la nueva ordenanza de Ocupación de Vía Pública

Alicante da una tregua navideña a la hostelería y aplaza 15 días el recorte horario de las terrazas 

12/12/2024 - 

ALICANTE. El sector del ocio y la hostelería de Alicante contará con margen para adaptarse a los nuevos horarios de funcionamiento de las terrazas dispuestas en la vía pública. El equipo de gobierno, del Partido Popular (PP), ha resuelto conceder un periodo de gracia de 15 días para que entre en vigor de forma oficial la nueva Ordenanza de Ocupación de Vía Pública aprobada de forma definitiva en el pleno ordinario de noviembre. El nuevo texto regulador ha quedado publicado este jueves en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) con una disposición en la que se emplaza su aplicación hasta dos semanas después, con lo que el adelanto en la hora de cierre no comenzaría a exigirse hasta después de que transcurran los días centrales de Navidad. 

En concreto, esos quince días de margen se cumplirían el 27 de diciembre, en el supuesto de que se contabilizasen días naturales (incluidos fines de semana y festivos). En caso de que se computaran días hábiles, esa moratoria se extendería aún más, lo que procuraría que el sector pudiese disponer de un balón de oxígeno superior, sin que el adelanto del cierre horario afecte a las celebraciones que puedan registrarse durante el periodo navideño. En todo caso, puesto que el texto de la ordenanza no llega a concretar si computan días naturales o hábiles, la Ley de Procedimiento Administrativo contempla que regirán días hábiles, excluyendo del cómputo los días festivos y fines de semana. Así, la norma no sería de aplicación hasta el 7 de enero. Es decir, justo después de la festividad de Reyes.

En principio, esos 15 días se consideran hábiles, por lo que el nuevo horario no será de aplicación hasta el 7 de enero

Con esa nueva regulación, aprobada con los votos del equipo de gobierno y de Compromís (el PSOE se abstuvo y Vox y Esquerra Unida Podem votaron en contra), los locales que dispongan de velador en la vía pública deben retirar el mobiliario de las terrazas en la medianoche de jueves a domingo y hasta la 1:00 los viernes, sábados y vísperas de festivo

En la temporada de verano, en el periodo comprendido entre el 15 de junio y el 30 de septiembre, ese horario se amplía de forma extraordinaria. En ese plazo, los veladores podrán estar en funcionamiento hasta la 1:00 horas de domingo a jueves, y hasta la 1:30 horas los viernes, sábados y vísperas de festivo. En la regulación vigente el horario de actividad durante el periodo estival se extendía hasta las 2:30 los siete días de la semana. 

La regulación queda sujeta a la interposición de un posible recurso contencioso-administrativo por parte de las asociaciones más representativas del sector de la hostelería, APEHA, ARA y Alroa, que habían anticipado su intención de impugnar al menos los artículos que hacen referencia al establecimiento del nuevo régimen horario. No obstante, lo cierto es que las tres entidades empresariales han optado por agotar la vía del diálogo en busca de una negociación con el equipo de gobierno que permitiese modificar esas condiciones, antes de recurrir a la vía de la impugnación en los juzgados.

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