ALICANTE. Trámites más ágiles y plazos más cortos para la concesión de licencias. La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Alicante ha aprobado este martes la cuarta modificación de la Ordenanza Reguladora del Procedimiento para el otorgamiento de licencias urbanísticas y ambientales y figuras afines, que sustituye a la Ordenanza en vigor desde el año 2013.
El acuerdo (una aprobación inicial) conlleva la adaptación de la norma local a las novedades legislativas relacionadas con el Urbanismo registradas en los últimos cuatro años, lo que, según han informado fuentes municipales a través de un comunicado, hacía indispensable "no solo una nueva modificación, sino un texto refundido que posibilitara incluir todos los procedimientos que puedan ser susceptibles de tramitarse, tanto en autorizaciones, declaraciones responsables o comunicaciones, simplificando y agilizando los procedimientos en obras y actividades".
Las modificaciones, según las mismas fuentes, son fruto, además, de la experiencia acumulada hasta la fecha, que permite redactarla con la finalidad de hacerla más accesible no solo a técnicos o sectores vinculados al urbanismo, sino a toda la ciudadanía, con la finalidad de cumplir los principios de eficacia, eficiencia y calidad, y se incorpora la normativa sobre transparencia con el fin de hacer más accesible el acceso a todo tipo de expedientes.
Entre las novedades que implica destaca que, a partir de la aprobación definitiva, "aproximadamente el 90% de los expedientes que se tramiten se harán a través de la figura de la Declaración Responsable", lo cual dotará de eficacia inmediata a las solicitudes que se presenten en la Concejalía de Urbanismo. Las licencias de primera ocupación, por su parte, pasarán a tramitarse como Declaraciones Responsables, con una eficacia demorada de un mes.
Según las mismas fuentes, "se afronta la problemática de la división de pisos, locales y sus anejos, con el fin de clarificar las diversas posibles actuaciones en este ámbito, y su forma exacta de tramitación". Por último, concreta una definición rigurosa del concepto de "fuera de ordenación, que se divide en relativa y sustantiva". La importancia de la declaración de fuera de Ordenación relativa radicará en el hecho de que con su declaración expresa, permitirá a las construcciones así certificadas la autorización de obras de mantenimiento y la concesión de acometidas de suministros.