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TRIBUNA LIBRE

Soluciones jurídicas para la crisis de empresas y autónomos por el Covid-19

8/05/2020 - 

Ante la caída de ingresos por el Covid-19 ¿Cómo pueden las empresas y autónomos hacer frente a sus obligaciones económicas? De momento, dejando de lado alguna pequeña dádiva, la única propuesta de los poderes públicos es que nos endeudemos más. Eso sí “regalándonos”, en un alarde de generosidad, avales del ICO. ¿Pero qué solución queda a aquellos que no consigan toda la financiación que necesitan? Porque las entidades no lo están poniendo nada fácil, si bien eso será objeto de otro artículo. ¿Y para aquellos que no puedan devolver el dinero que ahora no les queda otra que pedir? El BOE solo ha establecido una moratoria limitada para los alquileres y algunas deudas tributarias. Nada se ha acordado sobre las bancarias. Sin embargo, las deudas financieras, para muchos son las más importantes y las que más ponen en riesgo a las empresas, puesto que suelen contar con garantías hipotecarias y avales personales.

Antes del Covid-19, una situación así exigía a empresas y autónomos correr al juzgado mercantil a decir que se estaba en situación de insolvencia. Si no se hacía así se corría el riesgo de encontrarnos arrastrados a un concurso necesario, instado por un acreedor enfadado, o que se considerase que existió culpabilidad en la insolvencia poniendo en riesgo el patrimonio personal. Sin embargo, el BOE, vía decretos dictados al amparo del estado de alarma, nos ha permitido permanecer en esa situación insolvencia, de momento, hasta el 31 de diciembre de este año, sin acudir al juzgado. Pero no parece que esa insolvencia consentida sea una buena solución. Puede permitir a algunos ganar algo de tiempo, pero nada más.

Lo que hace falta es paralizar los pagos para adaptarse al nuevo volumen de ingresos. Pero ello no es posible si estamos bajo la constante amenaza de los acreedores, especialmente los bancarios.

Esa paralización solo nos la puede dar la Ley Concursal. No hay que tener miedo a un posible concurso de acreedores, pues desde la crisis de 2008 la evolución legislativa y judicial ha cambiado positivamente para quienes se acogen a estos procedimientos. Antes los concursos condenaban a las empresas a una casi segura liquidación, pero eso esta cambiando. Y es previsible que esta crisis haga más factible salir del concurso con un convenio que organice las deudas y permita continuar con la actividad.

Además, en el caso de los autónomos tenemos la posibilidad de acogernos a la Ley de Segunda Oportunidad, que puede permitir la exoneración de casi todas las deudas. Hasta ahora quedaban excluidas las de las Administraciones Publicas, pero eso lo ha matizado el Tribunal Supremo en una reciente sentencia.

Las insolvencias sobrevenidas provocadas por la crisis sanitaria que vivimos exigen una rápida actuación de modo que amparándonos en los distintos instrumentos que nos da la Ley Concursal nos permitan paralizar posibles ejecuciones sobre el patrimonio empresarial, y quizá también personal, y afrontar en mejores condiciones la difícil situación que nos espera.

*Alfredo García-Petit Barrachina es Director de García-Petit Abogados www.garciapetitabogados.es

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