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Mayday: colapso concursal 

1/09/2020 - 

VALÈNCIA. Este 2020 ha sido un año diferente; en la Fundación de Estudios Bursátiles y Financieros se ha aprovechado este periodo, entre otras tareas, para mejorar la web y actualizar los programas de posgrado, preparando la campaña de matriculación 2020-21.

En el caso del Master de Asesoría Jurídica de Empresas (MAJE), además, se ha presentado en el Patronato el relevo en la Dirección Académica del mismo. Alejandro Ríos ha dirigido estos últimos años el Master con gran visión y ha supuesto un apoyo indispensable para la Fundación a lo largo de estos años. Le voy a suceder en la Dirección del Master, esperando estar a la altura en este reto, con gran ilusión y empeño.

Mi llegada coincide con la creación de un Consejo Asesor con algunos despachos que en aquel hoy lejano año 2000 decidieron junto con el ICAV la pertinencia de lanzar al mercado de Posgrado un Master de Asesoría Jurídica de Empresas (MAJE), que cualificara profesionales en su incorporación al mercado laboral y evitara la fuga de talento.

Desde aquella fecha, la Asesoría Jurídica de Empresas ha sufrido cambios, evolucionando junto con las pymes valencianas, que han debido remontar varias crisis y afrontar retos tales como la internacionalización, la digitalización y la incorporación de talento joven.

En el ámbito concursal se parte, además de la base de que el concurso de acreedores es una situación para la que ningún empresario esté preparado a priori. No se enseña en ninguna escuela de negocios, por muy reputada que sea. Se aprende con la experiencia, viviendo situaciones de estrés económico y con el trance que supone tener que pasar por un proceso concursal. 

Por ello es importante asesorarse correctamente, anticiparse a los acontecimientos utilizando hábilmente los mecanismos que la legislación concursal, recientemente modificada por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, que aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, pone a disposición de todo deudor con problemas de solvencia o liquidez.

Tradicionalmente al empresario español la situación de insolvencia le suele bloquear, básicamente, por la responsabilidad que asume, retrasando la toma de decisión del concurso, cuando ya no hay capacidad de reacción, y todo lo que puede hacer el sistema por él es certificar la liquidación y cierre de su empresa; precisamente lo contrario de lo que se pretende evitar.

Pero ¿cómo no se va a paralizar el empresario ante la posibilidad de presentar un concurso si durante la vigencia de la Ley Concursal del año 2003, de cada 100 concursos declarados, 95 iban a liquidación, y de los 5 que conseguían aprobar un convenio, 3 lo incumplían? Son datos aproximados, pero muy significativos.

¿Cuál es el motivo del miedo de los empresarios españoles? No es fácil diagnosticar, pero puede que influya nuestra cultura socioeconómica. Una pista ya nos la ofrecía el sociólogo alemán Max Weber en su ensayo “La ética protestante y el espíritu del capitalismo” (1905), cuando defendía que la religión protestante favorecía más el crecimiento económico que la religión católica. Mientras que en el catolicismo la acumulación de riqueza era moralmente reprobable.

Obviamente, no se puede generalizar, pero sí se pueden sacar conclusiones de estudios empíricos que, partiendo de las teorías de Weber y otros teóricos, han demostrado que el crecimiento económico de Reino Unido y Holanda durante los s.XVI y XVII, es correlativo al declive acaecido en esa misma época en España y en Italia. Los datos merecerían una reflexión más sosegada.

En cualquier caso, en la cultura anglosajona no está mal visto ni es señal de fracaso, sino todo lo contrario, el que un empresario cierre una o varias empresas durante su trayectoria. La sociedad y el sistema recompensan al empresario que se arriesga y fracasa hasta lograr sus objetivos. En los países de cultura judeocristiana, no ocurre lo mismo.

Sin embargo, se debe realizar un esfuerzo entre todos los agentes jurídicos para corregir el tono peyorativo del concurso en nuestro país, y enfocarlo como oportunidad a la que acogerse para sacar adelante un proyecto empresarial en momentos de dificultad.

De hecho, instituciones concursales como el acuerdo extrajudicial de pagos, la refinanciación, la homologación o el convenio anticipado, son potentes palancas que permiten contar con importantes quitas y esperas que, en circunstancias no concursales, no se podrían plantearse en negociaciones frente a acreedores.

Anticiparse es ahora más importante que nunca, ya que tras la finalización de las medidas adoptadas por el Gobierno para paliar los efectos del crisis sanitaria provocada por el Covid-19: ICOS, ERTE´s, moratorias, etc., van a disparar el número de concursos de acreedores colapsando los juzgados de lo mercantil, ya desbordados, sin medios técnicos ni humanos suficientes para absorber semejante impacto. 

Es paradójico que España, con legislación concursal puntera, alineada con la normativa comunitaria, y jueces mercantiles altamente especializados, esté abocada al colapso en su administración de justicia. No es momento de hacer comparaciones, que suelen ser odiosas, con, por ejemplo la AEAT. Es urgente actuar con rapidez, ya que las empresas necesitan soluciones ágiles y flexibles a sus problemas de insolvencia derivados de la pandemia. 

No podemos perder de vista que el Derecho Concursal es una de las materias fundamentales que se imparten en el Máster de Asesoría Jurídica de Empresas (MAJE) de la Fundación de Estudios Bursátiles y Financieros (FEBF), dentro del Módulo Mercantil y Societario. Materia tradicionalmente desplazada de los programas universitarios en las distintas facultades de Derecho que priorizaban otras materias, lo que producía que muchos nuevos licenciados no estuvieran familiarizados con esta especialidad jurídica.

Afortunadamente, dicho déficit académico ha sido corregido, en parte, por la formación ofrecida por el MAJE, siempre muy valorada por los principales despachos de Abogados valencianos a la hora de formar a sus profesionales, sabedores de la importancia que tiene el Derecho Concursal en nuestro entorno socioeconómico y lo necesario que es que, de entre los agentes jurídicos, existan especialistas que se desempeñen con solvencia en esta materia jurídica tan específica.

En definitiva, la formación en Derecho Concursal impartida en la FEBF proporciona a los alumnos o profesionales que lo deseen, las herramientas necesarias para enfocar y desarrollar su carrera profesional en este ámbito, especialidad que tiene y, tendrá en los próximos años, mucho recorrido. Los mejor preparados serán, sin duda, los más afortunados.


Carlos Pascual Vicens. Director Académico  Master Asesoría Jurídica de Empresas. Fundación de Estudios Bursátiles y Financieros

 

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