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Las nuevas normas para la contratación pública entran en vigor el viernes

4/03/2018 - 

MADRID (EFECOM). El próximo viernes entra en vigor la Ley de Contratos del Sector Público, por la que se refuerza la transparencia y se facilita la participación de las pymes en los contratos públicos de todas las administraciones, que suponen un 20 % del PIB.

La mayor parte de la ley, que se aprobó el 19 de octubre del pasado año con un gran consenso parlamentario tras incorporar cientos de enmiendas, comenzará a aplicarse este viernes, con la excepción de la obligatoriedad de inscribirse en un registro de licitadores para optar al procedimiento simplificado, que se retrasa a septiembre.

Uno de los grandes objetivos de la ley es promover la competencia, para lo que elimina trabas que dificultan en la práctica que las pymes puedan acceder a la contratación pública.

Así, por ejemplo, se establece que los contratos que sean susceptibles de fraccionamiento se deberán licitar por lotes, lo que reduce las garantías necesarias.

También con el objetivo de promover la competencia, las empresas de nueva creación no tendrán que acreditar trabajos anteriores con la administración para poder acceder a los contratos, al tiempo que se reducen los años de experiencia para demostrar solvencia técnica de 10 a 5 en los contratos de obras y de 5 a 3 en los de suministro y servicios y se restringen las garantías.

Otro bloque de medidas va dirigido a proteger a los subcontratistas, para lo que se elimina la cláusula de pacto entre partes que permitía a las grandes empresas saltarse los plazos de pago y se permite que la administración pueda pagar directamente a las subcontratas.

Entre las cuestiones polémicas abordadas en esta ley figuran los modificados de obra, que ahora no podrán superar el 20 % del importe contratado y tendrán que ser públicos, lo que permitirá a las empresas de la competencia recurrirlos cuando consideren que podrían ser objeto de una nueva adjudicación.

También se amplía la posibilidad de recurso en otros supuestos, como los contratos armonizados o los acuerdos de rescate de concesiones, al tiempo que se prevén multas en caso de que el recurrente haya actuado con temeridad o mala fe.

Además, las empresas concesionarias asumirán el riesgo económico de la construcción y explotación de las obras o servicios adjudicados.

En materia de transparencia, las actas de la mesa de contratación, resoluciones y decisiones deberán ser públicas, con las valoraciones de las ofertas, la identidad de los licitadores participantes o la composición de las uniones temporales de empresas (UTE) y la información deberá ser accesible durante cinco años.

También se dará mayor publicidad a los contratos menores y de adjudicación directa para aquellos que no superen los 40.000 euros en contratos de obras y los 15.000 euros en los de suministros.

Para la supervisión de los contratos y la garantía de libre concurrencia se prevé la creación de una oficina independiente enmarcada en el Ministerio de Hacienda.

La normativa establece también un régimen transitorio para las licitaciones que ya tienen los pliegos publicados pero que se adjudicarán tras su entrada en vigor, por el que la preparación y adjudicación se rige por la legislación antigua y el resto de materias, por la nueva. 

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