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La ley no obliga a contratar un seguro a los usuarios de patinetes eléctricos

1/12/2018 - 

MADRID (EFE). La ley española no obliga de momento a contratar un seguro a los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal, aunque cada vez son más las voces que piden que se regule este asunto ante la vulnerabilidad de los peatones.

El procedimiento judicial abierto tras conocerse esta semana la primera muerte acreditada en España por atropello de un patinete, ocurrida en agosto en Esplugues de Llobregat (Barcelona), cuando una anciana de 90 años fue atropellada por dos jóvenes que circulaban a 30 kilómetros por hora por una vía peatonal, ha reavivado un debate que cuestiona la regulación de estos vehículos.

Por ello, la Dirección General de Tráfico (DGT) ya está trabajando en una propuesta para modificar la ley de Tráfico y regular el uso de este tipo de vehículos, puesto que actualmente no existe ninguna normativa específica a nivel estatal.

Según explicaron a Efe fuentes de la DGT, esto se haría a través de un real decreto que impediría que los patinetes eléctricos circulen por la acera y establecería una velocidad máxima para ellos de 25 kilómetros por hora.

Se tratará de una normativa de ámbito estatal, que posteriormente podrán ampliar los ayuntamientos, explicaron las fuentes, que añadieron que Tráfico quiere que los usuarios de estos patinetes no necesiten un permiso de conducción, pero sí que deban someterse a controles de alcoholemia y drogas, como los conductores.

Posteriormente, los ayuntamientos podrán adaptar estos procedimientos a sus ciudades y regular así esta nueva tendencia de movilidad eléctrica.

Y también se podrá dar respuesta a preguntas que han surgido estos días, entre ellas cómo podemos estar cubiertos ante un accidente, o por qué los coches y las motocicletas tienen la obligación de contratar un seguro y otros vehículos como bicicletas o patinetes eléctricos no.

Fuentes del sector consultadas por Efe han explicado que para que las aseguradoras puedan ofrecer estos seguros, los patinetes tendrían que estar convenientemente identificados, con un número de bastidor, y también tendrían que figurar en un registro público con su número de matrícula.

Directiva sobre seguros

En estos momentos, añadieron, se está tramitando en la Unión Europea una directiva sobre seguros de vehículos a motor, por lo que habría que decidir si estos patinetes pertenecen a esa categoría y quién tendría la responsabilidad de legislar sobre este asunto, que "debería ser el Estado".

De momento, mientras se regula adecuadamente este asunto, el usuario puede contratar la cobertura llamada responsabilidad civil privada o familiar que viene incluida en el seguro de hogar, que garantiza cobertura en caso de daños y perjuicios aunque se encuentre fuera del domicilio familiar.

Así lo ha explicado el consejero delegado de Coverfy, Vicente Arias, una aplicación para el móvil que permite gestionar los seguros y comparar precios y coberturas.

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