VALÈNCIA. El Gobierno valenciano ha incluido en el anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat (conocida como ley de Acompañamiento) una ampliación de los supuestos para el cobro del impuesto sobre la eliminación de residuos en vertederos, que sufrió una amplia modificación en 2018. La propuesta es extender el impuesto a las empresas que excedan el plazo autorizado para los depósitos y a los responsables de vertidos en lugares no autorizados.
Este impuesto grava actualmente "el depósito de residuos en vertederos, de titularidad pública o privada, situados en la Comunitat Valenciana para su eliminación, así como la gestión a través de instalaciones y equipamientos industriales instalados en la Comunitat Valenciana, de gestión de residuos para su incineración, coincineración sin valorización de energía o valorización energética, dispongan o no de autorización administrativa para ello".
La propuesta de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica es introducir dos nuevos supuestos. Por un lado, el almacenamiento de residuos por un período superior a los plazos previstos en el decreto que regula su eliminación mediante depósito en vertedero. Estos plazos son entre seis meses y dos años, según el tipo de residuo. El segundo supuesto es el abandono de residuos en lugares no autorizados.
En ambos casos el gravamen sería independiente de las sanciones previstas para tales infracciones. De hecho el Comité Económico y Social (CES-CV) en su dictamen sobre la ley de Acompañamiento recomienda incluir una frase que así lo especifique para evitar que alguien pueda entender que el impuesto con la multa.
En el caso de los residuos abandonados, si no se identifica al depositante, deberá pagar el impuesto el propietario del terreno donde se depositen, según el proyecto propuesto por la consellera Mireia Mollà. A este respecto, el CES-CV ha pedido la supresión de esta novedad porque, afirma, "no se entiende la derivación de responsabilidades a un sujeto que se ve perjudicado por el abandono ilegal de residuos en su terreno o inmueble y que no solo no tiene ningún beneficio económico de este hecho, sino que además es el principal perjudicado por este vertido ilegal, debiendo incurrir como mínimo en los costes de limpieza y descontaminación del suelo".
En el anteproyecto se prevé también la creación de un Fondo autonómico para la mejora de la gestión de residuos, cosa que el CES-CV aplaude aunque estima necesario que reglamentariamente se determine quiénes serán los órganos competentes para su gestión, además de garantizar su transparencia y su carácter finalista.