Hoy es 18 de diciembre

convocará mil plazas en los próximos tres años

El Gobierno valenciano equipara las pruebas de acceso a las empresas públicas con las oposiciones

22/03/2018 - 

VALÈNCIA. Quienes opten a un puesto de trabajo en las entidades y empresas públicas de la Generalitat valenciana tendrán que superar a partir de ahora un proceso con temarios, exámenes y tribunales similares a los exigidos para acceder a la función pública. Así lo ha aprobado este jueves la Comisión de Diálogo Social del Sector Público Instrumental de la Generalitat, en la que Consell y sindicatos han firmado, según el conseller de Hacienda y Modelo Economico, Vicent Soler, "un acuerdo histórico que permitirá acabar con la arbitrariedad en el acceso al sector público valenciano que existía en la etapa del anterior gobierno".

Durante el primer semestre de 2018, las entidades del sector público harán una primera convocatoria de su Oferta Pública de Empleo (OPE), que cumplirá con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, según explicó la Generalitat en un comunicado. Las OPE de las distintas entidades que conforman el sector público supondrán la convocatoria de mil plazas en los próximos tres años.

A partir de la firma de este acuerdo, las personas que quieran acceder a un puesto de trabajo en alguna de las entidades pertenecientes al sector público instrumental de la Generalitat tendrán que presentarse a un proceso de concurso-oposición y superar un examen, al igual que se exige para el personal que accede a una plaza en la administración valenciana.  "De este modo, vamos a romper con la arbitrariedad del pasado y damos carpetazo a un sistema que permitía el acceso por la puerta de atrás”, destacó Soler. 

"Además -añadió Soler-, el acuerdo suscrito hoy va a permitir reducir la temporalidad en el sector público instrumental de la Generalitat y establecer criterios comunes de aplicación a todas las convocatorias de ofertas públicas de empleo realizadas por las distintas entidades".

Vicent Soler se refería así a la firma del II Acuerdo de la Comisión de Diálogo Social del Sector Público Instrumental de la Generalitat relativo a criterios generales de aplicación a las ofertas de empleo público y sus convocatorias en el sector público instrumental de la Generalitat.  

"Vamos a terminar con la situación kafkiana que el anterior gobierno generó en el sector público instrumental valenciano, en la que no existían ni relaciones de puestos de trabajo de las entidades públicas", ha dicho Soler. En este sentido, el conseller recordó que "en veinte años tan solo se había publicado una RPT del sector público, mientras que ahora prácticamente todas las RPTs están publicadas o en fase de elaboración". 

Una Oferta Pública de Empleo de 1.000 plazas 

Mediante este acuerdo se insta a todas las entidades del sector público instrumental a sacar a concurso, a través de su publicación en el DOGV, la totalidad de las plazas susceptibles de ser convocadas. De éstas, se reservará un cupo no inferior al 7% de las vacantes para ser cubiertas por personas con diversidad funcional igual o superior al 33%. La convocatoria de estas plazas podrá realizarse de forma conjunta o independiente al resto de procesos.

Las OPE convocadas deberán reservar como mínimo un 40% del total de las vacantes existentes para promoción interna (tanto vertical como horizontal), proceso al que podrán acceder el personal fijo de la entidad. Este proceso se realizará en primer lugar y posteriormente se ofertarán y convocarán unitariamente “todas las plazas susceptibles de ser convocadas con los límites correspondientes a la tasa de reposición y tasa de estabilización de empleo temporal previstos en la Ley 3/2017, de 27 de junio de Presupuesto Generales del Estado para 2017, así como todas las plazas ocupadas por personal indefinido no fijo por sentencia”, señala el Acuerdo. 

De este modo, saldrán a concurso-oposición las plazas susceptibles de ser convocadas con el límite que corresponda por la tasa de reposición, aquellas plazas de carácter estructural que hayan estado ocupadas temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016, las plazas que encontrándose dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas temporalmente e ininterrumpidamente desde una fecha anterior a 1 de enero de 2005, y aquellas plazas ocupadas por personal indefinido no fijo mediante sentencia judicial. 

Se calcula que, en conjunto, estas ofertas públicas de empleo de las distintas entidades que conforman el sector público instrumental conllevarán la convocatoria de unas mil plazas, incluidos en el cómputo los consorcios. Durante el primer semestre de 2018 se realizará una primera convocatoria.

Criterios de transparencia, igualdad, mérito y capacidad

Para la ocupación de las plazas, se convocarán previa publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana pruebas selectivas que cumplirán con los criterios de transparencia, igualdad, mérito y capacidad.

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición y contará de una fase de oposición, de carácter obligatorio y eliminatorio, que supondrá el 60% de la nota final. Dependiendo del grupo profesional al que se acceda, la fase de concurso consistirá en una o en dos pruebas. En el caso de celebrarse dos pruebas (en los grupos profesionales equiparables a las categorías A1 y A2 del personal funcionario de la administración) la primera de ellas será eliminatoria con respecto a la segunda. 

La fase del concurso de mérito constituirá el restante 40% que compondrá la nota final. De éste, el 10% medirá méritos relacionados con la formación y el 30% méritos relacionadas con la experiencia en un puesto similar al que se convoca. 

Soler destacó, por último, que "en estos procesos, los temarios serán los mismos que se exigen a quienes se presentan a plazas para acceder a la función pública, los exámenes también serán similares a éstos y los tribunales que evaluarán estos procesos también". 

En este sentido, el acuerdo suscrito este jueves recoge que estos órganos de selección estarán compuestos por cuatro miembros designados por resolución de la Subsecretaría de la conselleria a la que pertenezca la entidad y sólo uno de ellos podrá ser personal al servicio de la entidad convocante, que ejercerá de secretario o secretaria "con voz pero sin voto". 

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