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revisión de oficio por carencias en la supervisión del proyecto e imprecisiones

Los vecinos instan al Puerto a revocar la concesión a los depósitos de XC Business por 'falta de rigor'

17/04/2024 - 

ALICANTE. El movimiento asociativo persiste en su rechazo a la instalación de la planta de almacenaje de combustible proyectada por XC Business 90 en la terminal de mercancías del Puerto de Alicante y da un nuevo paso para tratar de frenar su desarrollo. En este caso, la iniciativa surge de la organización UnirAlacant y de la Plataforma por un Puerto Sostenible (PPS) con el registro de una solicitud ante la Autoridad Portuaria para que se revoque la modificación de la concesión otorgada a Terminales Marítimas del Sureste (TMS) en 2019 por la que se daba encaje al desarrollo de los depósitos de carburante

Esa petición de anulación -que, según ambos colectivos, debería adoptarse de oficio- vendría fundamentada en seis argumentos esenciales. El primero, la supuesta falta de solvencia económica de la empresa promotora del proyecto. "El 25 de julio de 2019, la APA concede la modificación sustancial a pesar de que los promotores del proyecto no presentan con su solicitud documentos ni justificantes obligatorios TRLPEMM según art. 84.1.b ( 'acreditación de solvencia económica, técnica y profesional para hacer frente a las obligaciones resultantes de la concesión'), ni lo realmente exigido en el art.84.1.d) ('memoria económico financiera de la actividad a desarrollar en la concesión')", apuntan ambas organizaciones.

El segundo argumento, la ausencia del deber de supervisión de la propuesta presentada, lo que habría impedido que se conociesen los parámetros reales de su propuesta en aspectos como el volumen de carburante a comercializar. "La APA no cumple con el art. 85 .2 ('la Autoridad Portuaria procederá, en su caso, a la confrontación del proyecto sobre el terreno y espacio de agua con el fin de determinar su adecuación y viabilidad') ya que en el mismo expediente se ofrecen datos no coincidentes de previsiones a comercializar", apuntan.

El tercero, la falta de concreción por lo que respecta a las tasas a abonar por XC Business por la ocupación de suelo, así como sobre la superficie concreta en la que se extenderán los silos. "La APA incumple el art 85.7 ('la resolución de otorgamiento de la concesión se publicará en el BOE , haciéndose constar, al menos, la información relativa al objeto, tasas, superficie concedida y titular de la concesión' ) ya que al menos le falta a la publicación en el BOE tasas y superficie", recalcan.

El cuarto, sería que la Autoridad Portuaria no tuvo en cuenta los requisitos específicos que debería cumplimentar una instalación dedicada al almacenamiento de hidrocarburos. "La APA obvia que estamos ante una actividad (almacenamiento y distribución de hidrocarburos), que tiene una regulación especial con sus respectivas obligaciones específicas debido a sus características y peligrosidad. No tiene en cuenta los requisitos de la legislación específica en el sector de hidrocarburos. Según esta legislación XC Business 90 S.L. ni cumplía con los requisitos de capacidad financiera, ni estaba habilitada para actuar como operador al por mayor de productos petrolíferos", añaden.

El quinto argumento aludiría a que en el momento del otorgamiento de la modificación de la concesión se obvió que la propuesta de XC Business demoraba la ejecución de su proyecto en dos fases distintas, con lo que, a juicio de ambos colectivos, se trataba de evitar el trámite de evaluación ambiental de una forma supuestamente fraudulenta. "La APA acepta de hecho, el reconocimiento explícito de que fraccionan el proyecto en dos, tal y como aparece en el propio expediente, al esquivar la necesaria y preceptiva autorización ambiental integrada y/o declaración de impacto ambiental", subrayan.

Y el sexto y último motivo que sustentaría la revocación que solicitan, que la Autoridad Portuaria debió estudiar y pronunciarse sobre los aspectos medioambientales que implicaba el proyecto. "Antes de otorgar la modificación sustancial de la concesión administrativo, la APA debió de estudiar y pronunciarse sobre los aspectos medio ambientales que implicaba este proyecto y no lo hizo", destacan.

Por todo ello, apremian a los actuales responsables del Puerto a anular el acuerdo que se adoptó hace cinco años para evitar la instalación de una planta de almacenaje de carburantes próxima a zona habitada "a pesar de que esta cuestión ya pareció quedar solucionada con el convenio de 1995 en el que todas las administraciones y la empresa implicada acordaron que, por el bien de Alicante, se eliminaban los depósitos de Campsa y que no volverían a colocarse este tipo de instalaciones en el puerto debido a sus características, ya que se trata de un puerto urbano, con una ubicación próxima a edificios y centros sociales y educativos".

"Llevamos meses escuchando manifestaciones reiteradas en los medios de comunicación del presidente de la actual Autoridad Portuaria de Alicante, Luis Rodríguez, del alcalde de Alicante, Luis Barcala, y de otros grupos políticos, en el sentido de que no les parece adecuada la instalación de los macrodepósitos de combustible porque consideran que es un proyecto inadecuado para cubrir los intereses públicos y contrario a la estrategia actual del propio puerto. Pero, a pesar de estas declaraciones, su actitud es de completa pasividad a la espera de una sentencia del TSJCV, que determinará si la empresa solicitante tiene licencia municipal o no, por silencio administrativo", exponen.


De ahí, que tras enumerar los motivos que darían pie a acordar una posible anulación de la modificación de la concesión, animen a la Autoridad Portuaria a "ser valiente para reconocer errores anteriores y afrontar que está en su mano la solución, ahora que todavía estamos a tiempo".

¿Posible evaluación ambiental?

Por lo pronto, la ejecución del proyecto sigue pendiente de la resolución de la concesión de licencia de obra y actividad solicitada por la empresa promotora en 2013, a la espera de que el TSJ se pronuncie sobre el recurso interpuesto por XC Business respecto a la sentencia de primera instancia por la que se le denegó el permiso por silencio administrativo positivo. En principio, la fecha para la votación y fallo respecto a ese recurso está previsto para finales de este mes de abril, con lo que la sentencia podría conocerse semanas después. 

Entre tanto, no consta que la Conselleria de Agua, Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio se haya pronunciado respecto a la nueva solicitud cursada por la Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Alicante en la que demandaba una revisión de la consideración inicial del Servicio de Evaluación Ambiental para que el proyecto sí quede sujeto a ese informe, en contra de las conclusiones recogidas en dos dictámenes previos -uno emitido por ese mismo departamento, y otro por la Abogacía de la Generalitat-, que ni la administración autonómica ni el Ayuntamiento habían dado a conocer a pesar de que se expidieron en 2021.

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