Hoy es 24 de enero

Admitidos los recursos de casación del Ayuntamiento y de Unides Podem EU

El Supremo tendrá la última palabra sobre la norma de convivencia de Alicante

24/01/2025 - 

ALICANTE. La Ordenanza de Convivencia Ciudadana de Alicante llega al Tribunal Supremo (TS). El alto tribunal ha admitido a trámite los recursos de casación interpuestos tanto por el Ayuntamiento de Alicante como por el grupo municipal de Unides Podem EU frente a la sentencia dictada en mayo de 2023 por el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en la que se estimaba parcialmente la demanda planteada por la confluencia política y se anulaba cuatro artículos de dicha normativa (en concreto los artículos 3.2 II, 22 bis, 26 -1, 29 -3 y 31 -2): los que se consideraban más lesivos en cuanto a las implicaciones que podían suponer respecto a las mujeres obligadas a ejercer la prostitución y a las personas sin hogar. 

Ahora, en un auto fechado el 21 de enero, el alto tribunal asume los dos recursos que se posicionan en sentido contrario. El registrado por el Ayuntamiento plantea que se revoque el fallo dictado por el TSJ al considerar que la norma se tramitó de forma correcta, a pesar de que el tribunal autonómico considerase que no se había elaborado los estudios de impacto previos sobre las consecuencias sociales en el ámbito de la igualdad y de protección de la infancia de los artículos que acordó anular. Y el presentado por Unides Podem EU -con el impulso de los exediles Xavi López y Vanessa Romero, y ahora también de Manolo Copé como portavoz de Esquerra Unida Podem-, no solo pretendía que se mantuviese esa derogación, sino que aspiraba a que se acordase la nulidad de la ordenanza al completo.

El TS concluye ahora que la cuestión planteada reviste interés casacional por lo que admite su presentación con el fin de analizar el fondo de la cuestión. Es decir, "la determinación de los supuestos y requisitos que son necesarios para que un reglamento sea declarado nulo, bien en su totalidad, bien parcialmente, por la inexistencia o insuficiencia de los informes preceptivos de impacto normativo". 

Así, el alto tribunal analizará los argumentos de ambas partes para precisar "si la omisión de informes de impacto preceptivos (de género, de infancia, etc.) en la elaboración de una ordenanza municipal debe determinar la nulidad de todo el texto de la misma o, por el contrario, la nulidad puede limitarse a aquellas normas de la ordenanza municipal que inciden directamente sobre la materia que es propia de tales informes", según precisa el auto.

La ordenanza de convivencia quedó aprobada en febrero de 2022 con los votos del equipo de gobierno -un bipartito compuesto entonces por Partido Popular (PP) y Ciudadanos (Cs)- y el respaldo de los dos ediles del grupo municipal de Vox, durante el pasado mandato. Con ese acuerdo se trataba de dar cumplimiento a un compromiso electoral que tanto PP como Cs habían incorporado en sus respectivos programas con los que concurrieron en los comicios municipales de 2019. La propuesta suscitó controversia desde el inicio de su tramitación, al contar con el rechazo de los grupos del eje progresista que ejercían funciones de oposición (PSOE, Unides Podem EU y Compromís), así como de distintas entidades sociales.

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