Echávarri, primer exalcalde de Alicante condenado a la espera de 'Brugal'
Echávarri, primer exalcalde de Alicante condenado a la espera de 'Brugal'
ALICANTE. El exalcalde de Alicante, Gabriel Echávarri (PSOE), se expone a su segundo juicio por otra decisión adoptada durante su etapa al frente del Ayuntamiento, después de haber sido condenado a ocho años y seis meses de inhabilitación por el fraccionamiento de contratos del caso Comercio. En este segundo proceso, que podría convertirse en una suerte de reválida a su gestión como máxima autoridad municipal, se volverá a sentar en el banquillo de los acusados como supuesto autor de otro delito de prevaricación por el llamado caso despido. Se trata de la causa derivada del cese presuntamente irregular de una trabajadora interina, cuñada del actual alcalde, el popular Luis Barcala, que Echávarri acordó justo después de que Barcala presentase su denuncia en Fiscalía sobre las irregularidades de los contratos de Comercio.
La vista se celebrará a partir del 15 de enero ante otro tribunal de la Sección Tercera formado por magistrados distintos a los que le enjuiciaron el pasado mes de octubre. El desarrollo de este segundo juicio se ha programado en tres sesiones, hasta el día 17, en las que se escucharán las declaraciones de al menos seis testigos principales: la propia trabajadora despedida, adscrita a la Concejalía de Cultura; el exconcejal de ese departamento, Daniel Simón (Guanyar), que emitió un informe en el que se expresaba que no se había solicitado prescindir de ningún trabajador; el exedil de Recursos Humanos, Carlos Giménez (PSOE), que llegó a estar imputado en relación a los mismos hechos; y tres funcionarios de esa concejalía que tuvieron algún grado de participación en la decisión del despido, al informar sobre la propuesta. Todo, claro está, al margen del testimonio del propio Echávarri, que -como sucedió durante el juicio del caso Comercio- siempre podría acogerse a su derecho a no prestar declaración.
La Fiscalía (en esta ocasión, representada por el teniente fiscal, José Llor, y no por el fiscal Anticorrupción, Felipe Briones) también solicita inicialmente para Echávarri una pena de 10 años de inhabilitación como responsable de un delito de prevaricación administrativa, al considerar que acordó el cese de la empleada municipal de manera arbitraria, al despedirla solo a ella frente a otros 47 trabajadores interinos que se encontraban en su misma situación laboral (sin cargo a plaza, contratados de manera directa, sin superar una oposición), después de que Barcala (entonces líder de la oposición) denunciase las supuestas anomalías de los contratos de Comercio.
Por su parte, su defensa, ejercida por el abogado José Díaz, reclama su libre absolución con el argumento de que el despido acordado fue legal y que estaba justificado, como expresaron los técnicos municipales que validaron el acuerdo. Es decir, que no se adoptó ninguna resolución injusta con la voluntad de causar daño (el requisito de dolo que resultaría indispensable para que pudiese existir el delito que se le atribuye) puesto que la empleada despedida se encontraba en situación de "fraude de ley", después de que se hubieran extinguido las funciones por las que fue contratada. En concreto, la cuñada de Barcala había sido seleccionada en 2010 para trabajar en el Museo de Arte Contemporáneo de la ciudad (Maca) y el espacio cultural de Las Cigarreras, con motivo de su apertura y puesta en funcionamiento, pero en 2015 se acordó su traslado, puesto que esa labor dejó de ser necesaria, y se le encomendó la preparación de exposiciones en la Lonja del Pescado.
En consecuencia, el cometido de la defensa de Echávarri será tratar de contrarrestar la dureza de las conclusiones recogida en el auto de procesamiento, en las que la titular del Juzgado de Instrucción número 2 resolvía que el decreto de despido dictado por el exprimer edil "obedece únicamente a la voluntad" de Echávarri de llevar a cabo "una represalia" en lo que supondría "una evidente, patente, flagrante y clamorosa desviación de poder". Según el auto, que resultó clave para que Echávarri se viese forzado a presentar su dimisión, el exalcalde dio "apariencia de legalidad a su voluntad, que se erige como fuente del derecho" y ejerció "sus facultades de forma manifiestamente arbitraria".
Así, en el juicio se volverá a plantear la misma dicotomía que ya se planteó en el proceso sobre los contratos de Comercio, cuando la defensa de los tres procesados (además de Echávarri, sus dos exasesores, Lalo Díez y Pedro de Gea) plantearon que no existió fraccionamiento y que tampoco existió perjuicio sobre el interés público, puesto que los trabajos encargados se ejecutaron y, además, a precio de mercado. Así lo volvieron a expresar en sus respectivos recursos de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) frente a la sentencia condenatoria.
La cuestión es que este segundo proceso, en el que pesará el mensaje difundido por el propio Echávarri a través de su cuenta en Facebook, llega con la mancha política que supuso esa condena, sin que ese recurso se haya resuelto (se espera que el alto tribunal autonómico pueda pronunciarse en marzo). Una posible nueva condena podría acabar desacreditando su papel durante cerca de tres años al frente del Ayuntamiento. Y posiblemente daría por descartada toda posibilidad de regreso a la primera línea de la vida política, sin que se tuviese en cuenta el balance de gestión de un periodo en el que, como mínimo, sí se logró sanear la contabilidad municipal frente a las deudas millonarias heredadas de los pasados mandatos del PP, aun a riesgo de incurrir en un bajo nivel de ejecución presupuestaria.
Echávarri, primer exalcalde de Alicante condenado a la espera de 'Brugal'