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prohibición de casas junto al aeropuerto y menor exigencia en el altet para uso deportivo

La reclasificación en L'Altet cambia el PGOU de Elche: podría eximir de las DIC en suelo rural según uso

7/05/2024 - 

ELCHE. Desde al menos 2022 el Ayuntamiento lleva tiempo con la tramitación de una nueva modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), esta vez para reclasificar suelo en El Altet Este, como ha venido contando este medio, y que permitiría destinar terreno a proyectos hoteleros, deportivos y otras dotaciones. Eso sí, de envergadura limitada por la aún afección del Pativel. Sin embargo, aprovechando esta modificación, se incluyen cambios importantes, como eximir de la Declaración de Interés Comunitario (DIC) para determinados usos en suelo no urbanizable cuando la ley lo permita. Y para la actual modificación, que afecta a estos más de 130.000 metros cuadrados de suelo, se propone reducir los requisitos para impulsar proyectos deportivos, dejando el mínimo obligatorio en parcelas de 5.000 metros cuadrados.

En este sentido, en el pleno del pasado mes de abril, hace tan solo unos días, se aprobó la consulta pública de esta modificación que afecta a más de 130.000 metros cuadrados, una vez que la Generalitat emitió el informe ambiental favorable a este cambio de suelo en el pasado mes de noviembre. De esta forma, se modifican varios puntos del Plan General, siendo la más relevante —por esa agilización de trámites para proyectos e inversiones— que se recoja la posibilidad de que por excepción legislativa autonómica no sea preciso para algunos usos la tramitación de declaración de interés comunitario (DIC). Una solicitud que lleva aparejada para obtener esta declaración un análisis profuso de la administración autonómica a varios niveles, sobre todo el ambiental, por su exigencia al ser suelo no urbanizable.

Así quedaría redactado en el Plan General (Art 187.3):

Mediante su declaración de interés comunitario o justificación de su innecesariedad por resultar una excepción legislativa y, previa licencia urbanística, los usos o aprovechamientos siguientes:  

a) Actividades  de  servicios  vinculadas  fundamentalmente  a  las  carreteras  y  no  previstas  en  la  ordenación sectorial  de  éstas  así  como,  en  todo  caso,  las  de  suministro  de  carburante

b) Actividades  industriales  y  productivas 

c) Actividades  turísticas,  deportivas,  recreativas,  de  ocio  y  esparcimiento  y  terciarias 

Iniciativas deportivas en terrenos de menor superficie

Asimismo, y hablando de usos, se modifica el texto para reducir la parcela mínima en el ámbito de esta modificación para los construcciones e instalaciones destinadas al uso deportivo, pasando a ser el mínimo de 5.000 metros cuadrados, limitación que se justifica que es es congruente con la Lotup, y que permite fomentar los usos deportivos en el ámbito del Pativel. La parcela mínima requerida para este uso general es de 20.000 metros. 

Sin permiso para viviendas diseminadas en el entorno del aeropuerto

Por otra parte, también hay restricciones para la construcción de vivienda. Quedará prohibida la vivienda unifamiliar aislada también en el caso de encontrarse en la zona de servidumbre del aeropuerto, o cualquier otra zona a la que sea de aplicación una legislación específica que lo prohíba. Por último, también se incluye para esta zona de reclasificación de suelo que los usos quedan regulados por la normativa urbanística específica de esta modificación.


¿De dónde viene esta reclasificación?

En retrospectiva, cabe recordar que esta modificación viene porque parte del terreno de El Altet Este ahora está catalogado como suelo forestal, y no se corresponde con la realidad, como reconocía Medio Ambiente en 2019. Los terrenos se vieron afectados por el Plan territorial forestal autonómico (Patfor) pasando de tener la categoría de suelo forestal estratégico a tener la de suelo forestal ordinario. Una modificación que se circunscribe a dos parcelas con una superficie total 138.246 metros cuadrados, una de 126.026 y otra de 12.220 metros. Ahora, estos terrenos de Clave 52 permitirán construcciones para vivienda unifamiliar y las actividades turísticas, deportivas, recreativas, de ocio y esparcimiento y terciarias. Eso sí, con las limitaciones del Pativel y nivel de protección 'Litoral 2' por la cercanía a la costa. Esto se traduce en:

  1. Dotaciones públicas, infraestructuras, usos deportivos y recreativos al aire libre
  2. Usos hoteleros y asistenciales, con limitaciones
  3. Campamentos de turismo o asimilados, actividades turísticas, deportivas, recreativas, de ocio y esparcimiento y terciarias con limitaciones
  4. Estaciones de suministro de carburantes, vinculadas a las vías de comunicación
  5. Usos agrarios

También se mantiene parte del terreno en suelo de Clave 62 original (algunos son terrenos privados), en los terrenos clasificados como suelos no urbanizables de protección litoral 1 según el Pativel, en los que, además, se localiza el hábitat prioritario 'pastizales anuales murciano-almerienses semiáridos'. 

Por último, cabe recordar que los cambios impulsados se han hecho teniendo en cuenta planes autonómicos sectoriales para que encajen con la legislación urbanística valenciana y sean asumidas por el planeamiento municipal, evitando discordancias o conflictos en su aplicación. Pero al tiempo, el Pativel va a ser reformulado de forma profunda, como ya advirtió el actual Ejecutivo autonómico, por lo que quizá podría quedar algo desfasada de cara a esa reformulación futura.

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