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El sindicato señala vulneración del derecho de huelga

El recurso de CCOO inadmitido por El Campello pedía más personal en el servicio de limpieza viaria 

14/01/2025 - 

EL CAMPELLO. El Ayuntamiento de El Campello sigue con la licitación del contrato de recogida de residuos y limpieza viaria tras rechazar un recurso que Comisiones Obreras presentó ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC). El documento presentado apunta incumplimiento del pliego de prescripciones técnicas particulares (PPTP) relativo a la vulneración del derecho de huelga, que fue aprobado en diciembre de 2024. Sin embargo, el informe municipal señala que no debe admitirse por "falta de legitimación activa del recurrente".

Cuatro alegaciones

El comité de empresa presentó cuatro alegaciones al pliego de prescripciones técnicas. La primera pide que se aumente el personal, ya que en el informe de insuficiencia de medios se indica que el servicio utiliza unos 140 trabajadores durante todo el año. Sin embargo, el alegante manifiesta que la media de trabajadores todo el año es de unos 60 al mes. Y si se toman en cuenta los trabajadores que el Ayuntamiento adjunta a los PPT y PCA son 118 trabajadores. La plantilla actual fija todo el año 80 trabajadores (53 continuos y 27 discontinuos), incluyendo los refuerzos de temporada.

También se ruega que se confeccione un nuevo listado de personal a subrogar, incluido tanto en el PPT como en el PCA, porque el actual listado no cumple con los requisitos del convenio colectivo. Además, se manifiesta que se reflejan acuerdos salariales fuera de convenio de los que no tienen constancia los representantes de los trabajadores y una masa salarial que no se corresponde con la revisada por el Ayuntamiento en 2024.

La tercera alegación pide que se actualice el estudio económico con la partida que corresponda, para realizar un cálculo de antigüedad correcto y también un incremento de la vigencia del convenio anualizado. Esta partida corresponde a un 1,75% de la masa salarial de 2024 para el año 2025, pero surge la duda de en qué se basa el Ayuntamiento en este incremento si no existe convenio de los trabajadores para el año en curso. Además, se solicita que el índice de absentismo se calcule con el 5% y no con el 1%, como se ha hecho, e incluir el personal operario mínimo necesario especificando puestos.

Por último, se aboga por que haya el personal mínimo necesario en caso de huelga. En este sentido, se considera "primordial" establecer una plantilla mínima en el pliego de condiciones que coincida con el personal a subrogar que debe prestar el servicio. Por ello, el comité de empresa requiere que se establezcan precios de licitación correctos y se tomen en cuenta los costes salariales reales y una previsión de costes que deriven de la negociación del convenio para que los trabajadores y trabajadoras dispongan de las condiciones laborales correctas.

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