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Ya es firme la sentencia de anulación de la reclamación millonaria de la Comisión

Punto y final a la pesadilla del Elche con Bruselas

25/06/2020 - 

ELCHE. La reclamación millonaria de la Comisión Europea al Elche ya es papel mojado.

El fallo de la Sala Cuarta del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) por el que se anulaba la Decisión de Recuperación que sustentaba esa reclamación ha adquirido firmeza, toda vez que ha expirado el plazo que tenía la Comisión para recurrirlo ante el Tribunal de Justicia (el Tribunal General es un órgano de primera instancia) sin que lo haya hecho.

Así, el club franjiverde no tendrá que pagar los 4,1 millones de euros que le exigía la Comisión después de declarar ayuda de Estado prohibida el aval de 14 millones de euros que en 2011 le prestó el Instituto Valenciano de Finanzas a la Fundación del Elche.

Recurso estimado

La Comisión, por medio de una Decisión de Recuperación de julio de 2016, concluyó que dicho auxilio financiero contravenía las normas que garantizan la libre competencia en el mercado común y estableció que el Elche debía reintegrar una suma que con intereses superaba los mencionados 4,1 millones. El club, obviamente, no compartía la posición comunitaria y entabló una larga batalla en la Corte de Luxemburgo que se resolvía favorablemente a sus intereses el pasado 12 de marzo.

Ese día recayó y fue notificada la sentencia de la Sala Cuarta del TGUE por la que se estimaba el recurso interpuesto por el Elche. El Tribunal no sólo anulaba la Decisión de Recuperación, también, de acuerdo con el artículo 134.1 de su Reglamento de Procedimiento, condenaba a la Comisión a soportar las costas en las que hubiera incurrido el club tanto en el procedimiento principal  como en el de medidas cautelares iniciado por el club y en el que ya había obtenido una primera victoria.

A partir de ese día se abría la puerta a la posibilidad de presentación de un recurso de casación por parte de la Comisión; una impugnación que, eso sí, de acuerdo con el artículo 58 del Protocolo (nº 3) sobre el Estatuto del TJUE, solo podía fundamentarse en cuestiones de derecho, en motivos derivados de incompetencia del Tribunal General, en irregularidades del procedimiento o en violaciones del Derecho de la Unión por parte del Tribunal, supuestos todos ellos que en relación con el caso del Elche reducían las posibilidades de interposición del recurso por no hablar de las de admisión del mismo.

Ampliación del plazo para recurrir por la pandemia de Covid-19

De acuerdo con el artículo 56 del Protocolo (nº 3) sobre el Estatuto del TJUE, para recurrir en casación la Comisión contaba con un plazo de dos meses a partir de la notificación de la sentencia. Ahora bien, el artículo 51 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal modula dicho plazo procesal pues permite "por razón de la distancia" una ampliación en diez días del mismo. 

Es decir, la Comisión contaba con dos meses y diez días para recurrir el fallo favorable al Elche; un plazo que, de acuerdo con el artículo 49 del Reglamento de Procedimiento, arrancaba el día siguiente al de la notificación, es decir, el 13 de marzo porque el fallo había sido notificado un día antes. 

Todo ello nos llevaba, de entrada, al 23 de mayo como fecha límite para recurrir, pero al ser ese día sábado, el plazo pasaba a finalizar el lunes 25 (se prorrogaba "al siguiente día hábil"). Lo que ocurre es que, como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por la pandemia de Covid-19, el Tribunal de Justicia dictó con fecha 5 de mayo una resolución por la que "adaptaba temporalmente su actividad jurisdiccional", algo que en relación con los plazos para recurrir e interponer recursos se traducía en una ampliación en "un mes" de los mismos. 

Respecto al fallo del Elche, ese mes adicional empezaba a contar el 23 de mayo y no el 25, puesto que la previsión normativa que obliga a trasladar al día siguiente hábil el plazo legal cuando este concluya en sábado, domingo u otro día feriado legal, sólo es aplicable en el supuesto de conclusión del plazo y en el caso que nos ocupa el plazo se prorrogaba en un mes como consecuencia de la situación de fuerza mayor provocada por la pandemia de Covid-19.

Dicho de otra manera, que el pasado martes 23 expiraba el plazo ampliado para recurrir que tenía la Comisión sin que lo hiciera por lo que ya se puede decir abiertamente que la pesadilla ha finalizado. Bruselas ha procedido con el Elche de la misma manera que lo hizo respecto al fallo favorable al Hércules pero no así con el relativo al Valencia, pues la sentencia que afectaba al club che (también estimatoria de su recurso y que le fue notificada el 12 de marzo) sí fue recurrida semanas atrás ante el TJUE.

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