ALICANTE. La organización de la Policía Local de Alicante queda sujeta al escrutinio de la justicia, meses después de que distintos juzgados de lo Contencioso revisasen el desarrollo de las oposiciones de acceso al cuerpo, o de que un juzgado de instrucción analizase un escrito anónimo en el que se aludía a la existencia de un supuesto trato de favor a determinados aspirantes que optaron a las pruebas de acceso en el conocido como caso enchufes. En esta ocasión, el objeto de análisis es la recomposición del Grupo Operativo de Intervención Rápida (GOIR) promovida por el comisario principal, José María Conesa, en julio de 2022, que conllevó la exclusión de cuatro de los agentes que formaban parte de él hasta ese momento.
Los afectados consideraron que esa decisión obedecía a la imposición de una sanción encubierta por haber solicitado el cumplimiento de sus derechos laborales (básicamente, el régimen de descansos) que se habría formalizado a través de una resolución irregular, en la medida en que el protocolo de funcionamiento de ese grupo especial requiere que toda reorganización debe quedar sancionada mediante un decreto de Alcaldía, que en su caso, según sostienen, no llegó a emitirse. Es más, la decisión se ejecutó a través de una orden interna. De ahí que los agentes iniciasen acciones legales al estimar que pudo haberse cometido un delito de prevaricación, además de otro delito de falsedad documental y otro de usurpación de funciones.
El Juzgado de Instrucción número 9 archivó inicialmente la denuncia, al no apreciar indicios de delito. No obstante, la Audiencia Provincial estimó el recurso de los denunciantes y conminó a reabrir las diligencias, lo que ha propiciado la toma de declaración del comisario principal, José María Conesa, este lunes. Con todo, fuentes jurídicas consultadas han precisado que el responsable del cuerpo ha negado la existencia de toda anomalía al asegurar que se limitó a promover una reestructuración del GOIR por necesidades operativas, sin que su decisión estuviese motivada por un incumplimiento que diese lugar a la imposición de una sanción.
Al tiempo, ha asegurado que esa reordenación quedaba dentro de sus atribuciones, sin que resultase necesario recurrir a la instrucción de un procedimiento que requiriese el dictado de un decreto de Alcaldía para que la orden interna tuviese eficacia ejecutiva. Al margen de Conesa, también han prestado declaración otros dos oficiales que habrían mantenido versiones similares, según las mismas fuentes. A partir de ahora, la titular del juzgado deberá concretar si ordena la práctica de nuevas diligencias.