EL ÓRGANO JURÍDICO CUESTIONA HASTA SIETE PUNTOS DE LA NORMA

Marzà suavizará el decreto sobre el uso del valenciano tras la llamada al orden del CJC

La Conselleria de Educación insiste en que el dictamen consultivo no afecta al mensaje central de su norma, pero modificará la redacción “para disipar cualquier duda jurídica”

16/03/2017 - 

VALENCIA. “El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha interpretado la redacción de algunos artículos de forma diferente a su intencionalidad”. Es la respuesta de Educación al órgano consultivo supremo de la Generalitat, después de que este haya puesto en cuestión hasta siete artículos del decreto por el que se regulan los usos de lenguas oficiales en la Administración autonómica. La nueva normativa para empleados públicos, una de las medidas más mimadas desde el departamento de Vicent Marzà, ha logrado levantar las suspicacias del consejo debido a su obstinada apuesta por el valenciano.

Así se infiere de un prólogo donde se anticipan distintas reservas sobre la norma, siete recomendaciones esenciales y otras tantas generales que ponen en jaque la conveniencia del texto. A los de Campanar no les quedará otra que suavizarlo si aspiran al consenso. “La redacción será modificada para disipar cualquier duda jurídica”, indican fuentes oficiales de la Generalitat, donde sin embargo insisten en que el dictamen del CJC “no afecta al cuerpo central” del decreto. “El valenciano será la lengua de uso general y destacado de la Administración, tanto en la atención al público como en la imagen institucional, el trabajo interno y las comunicaciones con la ciudadanía”, insisten, en su misma línea argumental.

En concreto, el dictamen del CJC señala que las referencias del decreto a la utilización del valenciano son admisibles, siempre que no se indique “la exclusividad de ese uso”, ni se atribuya una posición de “prevalencia o preferencia”. Es por ello que cuestiona varios apartados de la norma donde se podría estar socavando la pretendida equidad.

El CJC alerta de que imponer el uso del valenciano en las intervenciones de altos cargos "afecta a la libertad de expresión"

En primer lugar, el organismo consultivo alerta de que el artículo que establece que las autoridades y los altos cargos directivos de la Administración de la Generalitat deberán utilizar el valenciano en sus intervenciones públicas debe suprimirse, puesto que supone “una imposición” a personas físicas y “afecta a la libertad de expresión lingüística” recogida en la Constitución.

Otro punto especialmente polémico es el que se refiere a contratistas y licitadores. El CJC apoya que la Administración fomente el uso del valenciano entre estos agentes, pero alerta de que no es posible incluir en los pliegos administrativos “ninguna exigencia que obligue a los licitadores al uso del valenciano en la documentación que presentan”, al tratarse de una opción “que pertenece a los ciudadanos”.

Con respecto a los ciudadanos, el decreto afirma que los procedimientos se redactarán en castellano cuando así lo solicite la persona interesada, pero el órgano consultor cree necesario que se escriban en castellano también “cuando sea la lengua empleada por el interesado”. “En estos casos, resulta innecesario exigir a los interesados una opción formal o que deban manifestar expresamente su opción”, explica.

Por último, varias de las recomendaciones aluden al ámbito geográfico de actuación de las copias, certificados o escrituras. Si bien el decreto original establece que los documentos con efecto “fuera del ámbito lingüístico de la Comunitat” se deben redactar con una copia en castellano, el CJC precisa que lo mismo debe suceder con todos los destinados “fuera del territorio de la Comunitat”. Por tanto, si el texto rebasa el ámbito autonómico, debe estar en castellano, con independencia de que se dirija a Cataluña o Baleares.

Discrepancias en el CJC

Precisamente este último punto, que afecta a las comunicaciones administrativas con autonomías de igual lengua, ha suscitado tensiones en el seno del CJC. El dictamen del órgano valenciano se acompaña del voto particular dos consejeras, Asunción Ventura y Margarita Soler, quienes señalan que no corresponde al CJC ni a la Generalitat decidir “si el valenciano es o no cooficial” en otra autonomía, sino a las autoridades competentes en esa materia y a la comunidad destinataria de los escritos.

Tampoco están de acuerdo con el punto sobre el uso del valenciano en las intervenciones de altos cargos. Si bien dicen coincidir “con el sentir mayoritario" del Consell dictamen, entienden que la solución de suprimir dicho punto por afectar a la libertad de expresión "debería plantearse de otra manera”. Recuerdan que entre los objetivos de la norma se encuentra “la acción promocional de una lengua minoritaria en situación de desequilibrio”, por lo que recomiendan una redacción que incentive a la utilización del valenciano.

El papel de la AVL

Una de las entidades activamente implicadas en la redacción del decreto de usos de lenguas en la Administración ha sido la Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL). En su informe preceptivo, el organismo oficial ya alertaba de algunas de las cuestiones que ahora destaca el CJC. Así, indicaba que no podía obligarse a los altos cargos a hacer uso del valenciano en sus intervenciones públicas y hablaba sencillamente de que procuraran “hacer el máximo uso”. También proponía limitar la documentación en valenciano a las zonas de la Comunitat donde hubiera un claro predominio lingüístico de esta lengua.

Pues bien, la AVL es otra de las protagonistas de las recomendaciones esenciales del CJC. En concreto, en una de ellas se habla de que, puesto que los criterios lingüísticos a los que se refiere la norma han sido adaptados por la Acadèmia para tal fin, el texto precisa: “El uso del valenciano regulado en este decreto se ajustará a la norma lingüística establecida por la AVL, y en el marco de esta, a los criterios de la Administración de la Generalitat”.

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