VALÈNCIA. Las empresas concesionarias del servicio de Inspección Técnica de Vehículos presentarán un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) en las que no se reconoce la responsabilidad patrimonial de la Generalitat ante estas empresas, que en conjunto reclaman a la administración 80 millones de euros por el perjuicio económico ocasionada por una bajada de tarifas aprobada en 2014 que ya ha sido anulada por el Alto Tribunal.
Así lo anunció este viernes la Asociación de Entidades Concesionarias de la Comunitat (Aecova) en respuesta a tres sentencias dictadas el pasado 31 de marzo de 2022 que dan la razón a la Generalitat Valenciana frente a la petición de reparación del supuesto daño económico por parte de las concesionarias.
Como informó Valencia Plaza, dos de esas sentencias ya han sido notificadas a la administración. Estas desestiman los recursos presentados por ITV de Levante y Valenciana de Servicios ITV por valor de 10,7 millones y 16,1 millones, respectivamente, incluidos los intereses de demora. Según Aecova, existe un tercer fallo del mismo día y en el mismo sentido contra el recurso planteado por Compañía Valenciana de Revisiones.
Las sentencias dictadas hasta ahora en relación a este hecho por parte de la sala de lo contencioso administrativo del TSJCV subrayan que las empresas han utilizado "un cauce formal inadecuado" –el de la acción de responsabilidad extracontractual y/o patrimonial de las Administraciones Públicas en lugar del de la responsabilidad contractual– que impide a la Sala "entrar a examinar ninguna de las alegaciones" que formulan las empresas.
Así lo ponen de manifiesto las propias compañías en el comunicado en el que anuncian la interposición de recursos, donde justifican que el de la responsabilidad patrimonial fue el cauce elegido por las empresas concesionarias "siguiendo el criterio indicado por la sentencia 523/2017 dictada por el propio Tribunal, que, sorprendentemente, ahora rechaza la procedencia de dicho cauce".
"No hay, por tanto, un pronunciamiento sobre el derecho de los concesionarios de los concesionarios a una indemnización por haber aplicado, durante el indicado período de abril de 2014 a mayo de 2019, unas tarifas que fueron anuladas por el Tribunal, sino que indican que esa reclamación indemnizatoria no se ha efectuado por el cauce procedente", razonan las concesionarias de ITV.
A la vista de ello, están "analizando la posibilidad y viabilidad de nuevas acciones individuales", además de la interposición del recurso de casación ante el Supremo.
Las compañías explican que aún están pendientes de resolución otras cuatro reclamaciones contra la Generalitat presentadas por el resto de empresas concesionarias por los "daños sufridos" como consecuencia de la aplicación, entre abril de 2014 y mayo de 2019, de unas tarifas en las que se redujo el precio de las pruebas de ruido y emisiones.
Esas tarifas fueron anuladas por la misma sección quinta de la Sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV y, anulación que posteriormente fue ratificada por el Tribunal Supremo.