ALICANTE. El área de Intervención de la Diputación de Alicante finalizado el Informe Resumen de los Resultados de Control Interno de la institución provincial de 2021 y años anteriores, de acuerdo con el mandato de la Intervención General de la Administración del Estado del pasado 6 de abril de 2020. El informe analiza el conjunto de la actividad financiera de la diputación y sobre los actos con contenido económico, financiero, presupuestario y patrimonial que la integran. Y a las conclusiones a las que llega es que la institución provincial que preside Carlos Mazón acumularía hasta 17 incidencias. Entre ellas, destacan tres. que se recurre a contratos menores y que éstos representan cuantías importantes, que son necesidades periódicas y por tanto superan el límite establecido por la legislación de Contratos del Sector Público; que se conceden subvenciones nominativas cuyo objeto está dentro de convocatorias ya tramitadas, y que muchas de estas ayudas nominativas han sido tramitadas mediante convenios sin que haya sido incluidas en el Plan Estratégico de subvenciones.
Algunas de estas deficiencias e incidencias que pone de manifiesto la Intervención a lo largo del exhaustivo informe han sido subsanadas, y otras no. Y en el caso de que se den esas incidencias están muy localizadas en determinados departamentos. Por ejemplo, el caso de los contratos menores se da en casi todos los departamentos de la institución provincial y la interventora propone "realizar el oportuno expediente de contratación ordinario de aquellos contratos menores que, en el conjunto del año, representan cuantías importantes y ponen de manifiesto necesidades periódicas que superan el límite establecido en la Ley de Contratos del Sector Público para este tipo de contratos". Además -añade la intervención- "se deberá incluir en el plan anual de contratación". Se citan tres departamentos: Conservación de Edificios; Informática y Recursos Humanos.
Las subvenciones, especialmente, las nominativas, centran parte de las incidencias que recoge el área fiscalizadora de la institución provincial. La primera de ellas es que "en las Bases de las Convocatorias de Subvenciones se establecen criterios de selección, pero no se prevén la manera en que serán medidos". Además, se observa que no se establecen criterios que garanticen la objetividad en la concesión, lo que no se ajusta a lo dispuesto en la normativa de subvenciones aplicable. Por ello, reclama que se introduzca en las bases un sistema o baremo que permita una valoración objetiva de las solicitudes y facilite un cumplimiento más adecuado del principio de objetividad en la concesión. Al parecer, esta deficiencia se había subsanado en los departamentos de Ciclo Hídrico y Carreteras, pero no en Cultura, al menos así consta en el informe de 2019.
La segunda incidencia sería la de duplicidad de las vías de concesión de las subvenciones, como las otorgadas como nominativas, pero que podrían formar parte de otras convocatorias. "Dado que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones debe ser el de concurrencia competitiva, se recomienda que todas las subvenciones cuyo objeto esté comprendido en una convocatoria pública se concedan dentro de la misma. Excepcionalmente podrán concederse subvenciones nominativas o, en general, subvenciones de concesión directa siempre que se justifique su carácter singular, la dificultad de su convocatoria pública y/o las razones que acreditan su interés público, social, económico o humanitario, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones", refleja el informe de la interventora. En este caso, quedan soslayados los departamentos de Presidencia y de Planes Municipales de Obras, cuya incidencia procede desde 2019.
Y hay una tercera advertencia sobre las ayudas a la carta. Dice la intervención que este tipo de ayudas deben estar incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones. Por lo tanto, se recomienda "establecer los mecanismos necesarios para que todas las subvenciones estén previamente incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación y remitir todas las líneas de subvenciones al Gabinete de Presidencia para su inclusión en los correspondientes planes estratégicos de subvenciones o en sus modificaciones", dice el informe.
Por último, hay otra incidencia destacada, respeto a los Planes y Obras Municipales, que también se arrastra desde 2019. Dice la Intervención que "en las recepciones de obra celebradas, se ha puesto de manifiesto que no se han ejecutado las mejoras ofertadas por el adjudicatario del contrato en el procedimiento de licitación", y de igual manera, "que los contratos van a ser objeto de certificación final con saldo a abonar al contratista (...), sin que este extremo pueda deducirse de la documentación remitida para la comprobación".
Por ello, el órgano fiscalizador recomienda que "las prestaciones adicionales/mejoras automáticas que se incluyan como criterios de adjudicación automáticos en los pliegos de cláusulas administrativas particulares en los contratos de obras, deben ejecutarse en su totalidad, salvo causa de fuerza mayor o circunstancia sobrevenida". En este caso, se señala al Área de Coordinación de Municipios que arrastraría esa incidencia desde 2019.