ORIHUELA. El turno de los testigos dentro del juicio del Caso Brugal reabrió ayer con la declaración del catedrático de Derecho Administrativo de la UA que valoró el informe técnico municipal que puntuaba como ganadora del concurso de basuras a la firma Urbaser. El experto que revisó el informe ratificó su decisión y aseguró que lo que el ingeniero técnico oriolano puntuó en su estudio de las plicas, entraba dentro de la normalidad. "No podría haber asumido un informe si se hubiese salido de los márgenes que marcan lo contencioso administrativo, lo habría hecho constar sin duda". Cabe recordar que el resultado de los pliegos conllevaron una gran controversia entre distintos sectores del Ayuntamiento oriolano de la época, al no valorar como mejor oferta a la empresa Colsur, del empresario Ángel Fenoll. De aquí se desprenden investigaciones que apuntaron a que Fenoll, a través de su entorno familiar y político más próximo podría haber tratado de frenar el concurso para que no se adjudicara la contrata a otra empresa que no fuera suya.
Para el catedrático de la UA, que también es referencia en materia de derecho administrativo a nivel nacional, el informe del ingeniero municipal "entraba dentro de la lógica del derecho administrativo". En base a su informe, que encargó el Ayuntamiento de Orihuela a la UA, la puntuación que el ingeniero le otorgaba al licitador Colsur, sería correcta. Además, compartía las mismas conclusiones que otro informe solicitado a la Universidad de Murcia. El catedrático asegura que comparó el informe técnico con la normativa relativa a lo contencioso administrativo y encajaba con las reglas. "Los licitadores deberían haber recibido la puntuación que tuvieron".
Este experto, además del citado informe de la UA, realizó otro dictamen previo en nombre del despacho de abogados Cuatrecasas. En esa ocasión solo determinó conclusiones de una cláusula que se ponía en cuestión (la de la reposición de camiones, por parte de Colsur, que en el informe se determinaba que no estaba del todo clara). El informe de la UA fue más amplio. "En el primer encargo había una cierta urgencia para hacerlo. Yo estaba en el despacho de Cuatrecasas, donde pasé un año de mi vida laboral y, que, en el momento del encargo, estaba concluyendo".
En cualquier caso, el catedrático asegura que su misión fue analizar con detalle el informe del ingeniero municipal, pero que él no tuvo que ver con el análisis técnico de las plicas. De esa labor se encargó la Universidad Politécnica de Valencia (UPV), con un equipo más especializado para ello. "En mi labor, y en ese momento era importante observar si el informe técnico emitido era arbitrario o no, o si la adjudicación se pudiera haber realizado por una cláusula que podría haberse interpretado mal". Analizó, asimismo, los requisitos del informe municipal y las competencias del ingeniero municipal para emitirlo, todo en base a su campo de experiencia, el aspecto jurídico administrativo.
Durante las preguntas contestadas a la Fiscalía, el testigo explicó su método de trabajo para llevar a cabo las conclusiones. Explicó que se basó, como de costumbre en este tipo de documentos, en el método científico, en base a pautas estrictas de derecho administrativo, conforme a contencioso. El catedrático se encargó de valorar si el informe estudiado encajaba o no dentro de la lógicas el derecho administrativo y si estaba dentro de los márgenes y límites establecidos. Sus resultados determinaron que la conclusión y puntuaciones del ingeniero municipal encajaban dentro de lo posible.
En el informe elaborado por el experto de la UA, se reflejaron las tablas con las puntuaciones finales aportadas en la contrata "para darle entidad y solidez al informe y dejar patente todos los antecedentes del caso y demostrar que se han leído y estudiado". El catedrático de la UA se ratificó en todo lo aportado en sus conclusiones.
El testigo también contestó a preguntas de las defensas. Entre sus respuestas aportó a que él considera que las controversias entre informes de diferentes técnicos son frecuentes. "Es algo normal, alguien considera una puntuación y otra persona otra, en base a las cláusulas. Si las cláusulas son ambiguas en parte, es lógico que hayan diferentes conclusiones".
La cláusula ambigua a la que se referían defensa y testigo era la que hablaría de la reposición de camiones y otros vehículos por parte de Colsur en la contrata. El testigo cree que este punto del pliego fue el que generó dos posibles interpretaciones y disputas entre varios sectores. No obstante, añadió que "en este caso, incluso si al final Colsur hubiera obtenido una mayor puntuación en esa cláusula polémica, no hubiese superado a la oferta de Urbaser". El catedrático también expuso que no se atreve a decir que la postura del secretario municipal, bajo cuyo criterio, la cláusula de Colsur era lo suficientemente clara, fuera equivocada. Remarcó las diferentes interpretaciones posibles y que él, en su estudio determinó que el informe del ingeniero estaba dentro de la corrección pero en ningún momento tachó de incorrecta la postura del secretario.
Hoy continuará la siguiente sesión con la previsión del testimonio de cuatro testigos más.