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entrevista | proyecto de ley de eficiencia procesal

Sebastián Crespo: "Los jueces ya no admitirán demandas si no se ha intentado negociar"

2/07/2022 - 

ALICANTE. Este jueves se celebró en el Marq la jornada "Presente y Futuro de la Mediación en España", organizada por el Centro Español de Mediación y la Cámara de Comercio de Alicante, para analizar las novedades que en la materia introduce el proyecto de Ley de Eficiencia Procesal. Un texto que busca aligerar la carga de los juzgados al facilitar los acuerdos previos entre las partes. 

En representación del despacho Devesa & Calvo Abogados, invitado al evento, acudió Sebastián Crespo, socio responsable del área de litigios de la firma, a fin de ofrecer la visión de la firma sobre las novedades introducidas por el Proyecto de Ley de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia, que prevé la obligación de acudir a la negociación previa, a través de la mediación y otros medios adecuados de resolución de controversias en el orden jurisdiccional civil y mercantil. Crespo valora, en conversación con Alicante Plaza, la futura reforma legal.

-¿Qué se pretende con la nueva norma?

-Una de las cuestiones claves de esta reforma legal radica en que, con carácter previo a acudir a los tribunales en materia civil y mercantil, las partes deberán haber intentado resolver su conflicto de un modo extraprocesal, ya sea acudiendo a la opinión neutral de un experto independiente, a un proceso de mediación, una conciliación privada, o una oferta vinculante. 

-¿Será obligatorio negociar antes de promover un pleito?

-Efectivamente, este proceso de negociación previo se convierte en un requisito de procedibilidad. Es decir, los tribunales no admitirán a trámite la demanda si no se justifica el haber intentado el procedimiento de negociación previo, ya sea a través de una conciliación, una mediación o una oferta vinculante.

-¿La negociación será confidencial?

-El procedimiento negocial, la conciliación o la mediación siempre tendrá un carácter confidencial, y lo compartido en dicho proceso no podrá ser utilizado como prueba en un proceso judicial posterior.

-¿Considera que con esta nueva norma se reducirá la carga de trabajo de los juzgados civiles?

-La idea de la reforma legal es tratar de descargar de trabajo a los juzgados y tribunales en el ámbito Civil y Mercantil. Además, se pretende relanzar la institución de la mediación, ya regulada en nuestro país por la Ley 5/2012 de 6 de julio de Mediación.

-¿Qué ventaja ofrece esta nueva normativa para los ciudadanos y las empresas?

-Una de las ventajas de este proceso es que, si la mediación finaliza con un acuerdo, el mismo tiene autoridad de cosa juzgada, es decir, las partes ya no podrán promover un juicio sobre esa materia. Además de ello, dicho acuerdo podrá ser elevado a público, lo que permitirá su ejecución judicial en caso de incumplimiento.

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