Igualdad descarta la reversión anticipada de la residencia de Alcoi por "dificultades legales"

10/10/2022 - 

VALÈNCIA. Todo apunta a que no saldrá adelante. La Conselleria de Igualdad ve muy complicado consumar la reversión de la residencia de mayores de Alcoi. Una intención manifestada hace dos años por la que fuera consellera del ramo, Mónica Oltra pero que finalmente parece descartada, al menos a corto y medio plazo.

El centro está gestionada por la compañía DomusVi mediante una concesión suscrita en 2002 por el conseller de Bienestar Social, Rafael Blasco, y cuya vigencia era de 45 años. No obstante, en 2020, y tras la discutida gestión durante la pandemia de coronavirus -fallecieron 73 personas en el centro-, Oltra trasladó a la compañía la voluntad de la Conselleria de poner fin al contrato de manera anticipada, como adelantó este diario.

Así, Igualdad buscaba negociar una salida pactada de la empresa y recuperar para la gestión pública directa estas instalaciones. Pero la negativa rotunda de la parte privada empujó a la administración a buscar otros mecanismos legales para retirar la concesión 27 años antes de lo estipulado. Para ello, entre otras cosas, llego a estudiar la anulación de la concesión por lesividad a la administración.

Con todo, pasados dos años, los frutos han sido realmente escasos. Y en la conselleria, que ahora encabeza Aitana Mas tras la dimisión de Oltra, ven que "hay dificultades legales" en el caso de la residencia de Alcoi "por cómo está redactada la concesión administrativa a cargo del ex conseller Blasco".

En ese sentido, dicen, la reversión anticipada del centro de mayores tiene un "difícil encaje jurídico", especialmente si se busca evitar grandes indemnizaciones a la concesionaria. Lo que por el momento hace inviable llevar a cabo una reversión en estas circunstancias.

La adjudicación inicial fue para la UTE Sacova, integrada por la mercantil OHL y la Asociación de Servicios Aser. Posteriormente, la empresa pasó a manos de Quavitae en 2015 y, más tarde, al grupo francés Casa Vita, que gestiona del centro mediante su filial, dueña de DomusVi.

La concesionaria no está obligada a pagar ningún canon, como sí acostumbra a ocurrir en este tipo de concesiones, dado que la Generalitat consideró que la concesión era "onerosa" para la empresa al asumir esta la inversión para rehabilitar el edificio previamente a empezar a operar en él. Actualmente, las instalaciones cuentan con 140 plazas para personas mayores, 47 de las cuales quedan a disposición de la Conselleria.

Centros con contratos vencidos

La intención de iniciar este proceso de reversiones ya estaba sobre la mesa la pasada legislatura, pero centrado especialmente en aquellos centros cuyas concesiones fueran venciendo. Tanto es así que la Conselleria dejó tal pretensión negro sobre blanco en la Ley de Acompañamiento de 2019.

Ciertamente, en 2018 la Generalitat ya asumió una residencia en Albocàsser al finalizar el contrato. Y este ejercicio, ha adquirido un centro de atención temprana privado en Vinaròs cuyo propietario, la entidad Creixem, había anunciado el cierre de las instalaciones.

Ahora, en el anteproyecto de Ley de Acompañamiento de 2023, el departamento de Mas ha introducido una modificación legislativa para fijar por ley las condiciones en las que la administración se subrogará en los contratos de los empleados de concesiones finalizadas, como publicó Valencia Plaza. Lo que se puede considerar una forma de preparar el terreno para rescatar concesiones cuando finalicen.

Así, si finalmente sale adelante en el trámite parlamentario, cuando expire un contrato de este tipo, si se decide recuperar para la gestión pública, la Generalitat Valenciana se hará cargo de todos los empleados que trabajen en el centro. Y lo hará, bien a través de la propia Conselleria o mediante el Instituto Valenciano de Servicios Sociales (IVASS).

El personal afectado, reza este cambio normativo, "continuará en su puesto de trabajo con la misma condición que tuviera previamente a la subrogación hasta que cese por causas legales de extinción de los contratos laborales previstas en el Estatuto de los trabajadores, y con las otras consecuencias laborales inherentes a la subrogación contractual".