Hoy es 29 de marzo y se habla de

tendrá un coste de 60.000 euros aunque se espera que el ahorro sea mucho mayor

Elche cede a SUMA el cobro del impuesto de plusvalías por el que espera ingresar al menos 6 millones

1/02/2020 - 

ELCHE. El Ayuntamiento de Elche dejará de cobrar el impuesto de plusvalías —en jerga técnica, el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana—. Lo hará SUMA Gestión Tributaria dentro del acuerdo marco que mantiene con la Diputación de Alicante para el cobro de otras tasas. La gestión sigue siendo municipal, pero desde el área de Gestión Tributaria y Financiera justifican la decisión porque Suma tiene más medios para la recaudación, por lo que a partir del sábado 1 de febrero entra en vigor este acuerdo que tomó la Junta de Gobierno en el pasado mes de noviembre. Un impuesto por el que el bipartito espera ingresar al menos unos 6 millones de euros en 2020. Una novedad de este curso tras el aumento de los principales impuestos del 1,5%.

Hasta ahora, el acuerdo don Suma se refería a Inspección del IAE, multas de tráfico e Inspección del ICIO. Pero el más relevante, por su volumen de gestión y singularidad, es el Convenio de Encomienda de Gestión y delegación de la Recaudación Voluntaria de tributos, que desde 2010 inicialmente incluyó en su ámbito de aplicación únicamente los tributos periódicos de devengo anual (IBI, IAE, IVTM y Tasa de vados). Desde finales de 2019 contempla un marco más amplio, al que ahora se le añade este Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Este tributo de plusvalías grava el incremento de valor de los terrenos urbanos puesto de manifiesto en el momento de la transmisión.

Hacienda defiende que supondrá un ahorro a las arcas municipales

A este respecto, dado que el acuerdo con SUMA supone un coste económico del 1% de la cantidad efectivamente recaudada, que gestione la recaudación de las plusvalías supondrá un aumento de 60.000 euros —lo presupuestado por el bipartito—, dado que "una previsión moderadamente optimista nos llevaría a contemplar un volumen de recaudación voluntaria de 6.000.000 de euros anuales". Sin embargo, por la otra parte, el acuerdo contempla que la gestión de Suma implicará más ahorros e ingresos al Consistorio: contempla que un ahorro en gastos de oficina, impresión de liquidaciones, práctica de notificaciones, archivo físico y otras cuestiones de 15.000 euros; 5.000 euros por gastos informáticos, 50.000 euros por ahorro en personal —redistribución en otras tareas de índole fiscal—  y unos ingresos adicionales potenciales derivados de la comprobación de herencias no declaradas que asciende a unos 100.000 euros.

Según se defiende en el convenio, el acuerdo está orientada tanto "a facilitar a los ciudadanos el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, como a mejorar la gestión operativa de la Administración tributaria municipal, dando cumplimiento a las nuevas exigencias legales; a la vez, el coste adicional se cubre ampliamente con las economías que se obtienen y con los potenciales mayores ingresos". En ese sentido, se valora positivamente la gestión online de este cobro para el contribuyente, ya que la actuación propuesta implica la reducción de sus cargas administrativas porque que se vincula la Plusvalía al IBI y se suprime el régimen de autoliquidación del impuesto, al que venían obligados hasta ahora. 

Herramientas más precisas y eficientes

Para el personal municipal, que SUMA gestione el cobro, al proporcionar un servicio de notificación centralizada de las liquidaciones, incluidas las telemáticas, supone un ahorro de costes económicos directos e indirectos a realizar por el personal municipal. A ello, defiende el documento, habría que sumar que "se evita la contratación de aplicaciones de gestión tributaria del sector privado que, a su coste económico y dificultad de tramitación contractual, unen la desventaja de carecer de integración con la recaudación ejecutiva". 

Por último, el nuevo modelo ofrece la posibilidad de liquidar un mayor número de expedientes en el mismo período de tiempo y la obtención de recursos fiscales adicionales como el acceso a todos los fallecimientos de personas físicas que se produzcan en el territorio nacional, por lo que se abre un doble mecanismo de control, tanto por lo que se refiere a la titularidad del IBI, como por lo que atañe a las herencias no declaradas, facilitando así la realización de actuaciones administrativas que eviten la prescripción del derecho a liquidar. 

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