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orden para suprimir una tarima acordada en 2017

El TSJ condena a Alicante a indemnizar con 201.000 euros a El Portal por la retirada de una terraza

9/06/2020 - 

ALICANTE (EP/AP). La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado al Ayuntamiento de Alicante a indemnizar con 201.767 euros a la concesionaria del restaurante del Teatro Principal, gestionado por el Grupo El Portal bajo la denominación de Teatro Bistrot, por los gastos derivados de la tarima que instaló para colocar un velador, tras no prorrogarle la autorización para mantener esa instalación en la plaza Ruperto Chapí.

El alto tribunal revoca, así, el dictamen previo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante que dio la razón al Ayuntamiento en septiembre de 2018. El TSJCV admite solo parcialmente el recurso de la mercantil que solicitaba 1,3 millones de euros de indemnización.

El pleito comenzó cuando en 2016, tras un año en funcionamiento, la empresa solicitó la prórroga de la autorización que caducaba en 2017. En enero de ese año, un informe del jefe de Estudios de la Concejalía de Urbanismo denegó la prórroga por un informe desfavorable sobre la tarima sobre la que se asentaba la terraza porque carecía "de autorización" y porque entraba en "conflicto" con el entorno.

En primera instancia, el juzgado dio la razón al Ayuntamiento en tanto que la tarima es "anómala" y depende de la "anuencia" del consistorio. Además, razonaba que no había un revocación sino una no renovación. Así, el juzgado denegó la indemnización en sentencia de primera instancia. 

No obstante, tras el recurso del grupo hostelero, el TSJCV subraya en su sentencia que no existe "derecho a la renovación" de la empresa concesionaria, pero señala que la tarima estaba incluida "como anexo" de la terraza y tenía la valoración favorable "como mero soporte de los veladores". Además, critica que por la cantidad de concejalías que intervinieron y los informes técnicos existentes para su instalación "se diría que la empresa solicitó licencia para construir la pirámide de Keops en lugar de una tarima".

Además, dice que la resolución administrativa y el informe no analizan los cambios que han existido para "no renovar la autorización" y recalca que "una cosa es la discrecionalidad y otra muy diferente la arbitrariedad". Finalmente, para fijar la indemnización, el TSJCV no entra en el lucro cesante y se limita a determinar los daños por pérdida "del inmovilizado material" en referencia, entre otras cosas, a gastos de desmontaje, equipamiento e interiorismo. 

El portavoz adjunto del equipo de Gobierno, el popular Manuel Villar, ha recordado, en la comparecencia posterior a la Junta Local, que la retirada de la tarima en la que se situaba la terraza del gastrobar se acordó en 2017, bajo el mandato del extinto tripartito, cuando las áreas de Urbanismo y Ocupación de Vía Pública recaían sobre el exvicealcalde y exportavoz de Guanyar, Miguel Ángel Pavón. En esta línea, Villar ha señalado que los servicios jurídicos municipales están analizando la posibilidad de presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) frente a la sentencia del TSJCV.

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