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recurso de la empresa actual

El TACRC levanta la suspensión de la contratación de la nueva gestión de tres centros sanitarios de Benidorm

28/01/2022 - 

BENIDORM. El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) ha levantado la suspensión del expediente de contratación de la gestión de tres centros de Benidorm: Centro Específico de Enfermos Mentales (CEEM), Centro de Integración y Rehabilitación Social (CRIS) y Centro de Día (CD) para enfermos mentales crónicos. Como ha venido explicando este diario, la empresa actual, Grupo 5, había recurrido la adjudicación a la Morenica Atención a la Dependencia SA. El proceso de contratación lleva abierto dos años y parece que ahora empezará a desenredarse.

El TACRC decidió suspender la contratación el pasado mes de noviembre cuando se presentó el recurso contra el expediente que daba como ganadora a Morenica y por tanto, dejaba fuera a la mercantil actual. 

Como argumentaciones, señalaban que la valoración "no es ajustada a Derecho, habida cuenta de que es una valoración genérica". Asimismo, afirman que en la oferta técnica no motivan la puntuación que se le da a cada una de las empresas y "todos los licitadores obtienen prácticamente la misma puntuación". Al mismo tiempo, consideran que se tendría que haber valorado mejor ciertos aspectos presentados por Grupo 5.

Por su parte, el órgano de contratación remitió un informe en el que solicitaba la desestimación del recurso argumentando "que la valoración ha sido realizada conforme a Derecho, si bien resulta propia de un criterio técnico y discrecional del órgano de contratación y motivando, nuevamente, la valoración realizada. Niega, así, que la valoración sea arbitraria, sino que la valoración resulta ajustada a los criterios establecidos para ello por el Pliego". Un argumento que aprueba el propio Tribunal y por tanto, termina desestimando el recurso de la empresa.

Entre otros asuntos, señalan que el informe de valoración va desgranando, en sus 48 páginas "por qué otorga mayor o menor valor a cada uno de los apartados que el pliego acuña o sistematiza, precisamente, para desproveer este ejercicio de valoración de criterios subjetivos de arbitrariedad". Finalmente, el Tribunal no aprecia "la concurrencia de mala fe o temeridad en la interposición del recurso por lo que no procede la imposición de la multa prevista en el artículo 58.2 de la LCSP.". 

De este modo, Conselleria de Políticas Inclusivas puede seguir con el expediente y terminar con la contratación de la empresa propuesta, para cerrar, después de dos años, la adjudicación. El contrato es para una ejecución de cuatro años, contaba con un presupuesto base de 8.997.589,11 euros, impuestos incluidos. Finalmente, la oferta de La Morenica es de 8.537.842,77 euros.

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