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El nuevo convenio del calzado reducirá 4 horas la jornada anual de trabajo en 2020

23/07/2019 - 

ELCHE. El convenio del calzado firmado entre los sindicatos CCOO y UGT y la Asociación de Empresas de Componentes del Calzado (AEC) y la Federación de Industrias del Calzado Español (FICE), en representación de las empresas del sector, se acaba de publicar en el Boletín Oficial del Estado (BOE), aunque ya eran conocidas algunas de las principales novedades en las negociaciones del mes de mayo, como la subida del 2%, en sintonía con el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) 2018-2020, aunque ya había empresas del sector que recogían esa subida antes del acuerdo. 

Por tanto, además de la revisión salarial para estos próximos tres años acordando un incremento de un 2% anual, también destaca la reducción progresiva en la jornada laboral de cuatro horas en el periodo señalado. A partir de 2020, la jornada laboral anual se reducirá en cuatro horas, pasando de 1.792 horas de trabajo efectivo para 2019, a 1.788 en el próximo ejercicio. Así mismo, las empresas, por manifiestas razones productivas, y atendiendo las necesidades de acumulación de trabajo, podrán flexibilizar hasta el 10% de la jornada anual (180 horas al año), reza el convenio, en distribución semanal de lunes a viernes, respetando el número de horas anuales de trabajo. También relata el acuerdo que de mutuo acuerdo la empresa y los sindicatos si las necesidades así lo exigieran, podrán pactar un mayor número de horas a flexibilizar. Una flexibilización que queda fuera para compañías o secciones en las que se trabaje a turnos completos de 24 horas.

Relevo, medidas contra la violencia machista y trabajo a domicilio

Por otra parte, mientras que la mencionada reducción entrará en vigor el próximo curso, este mismo 2019 sí entrará otra de las mejoras del convenio para los trabajadores del sector, que son hasta cuatro horas permitidas para visitas a consulta médica este año. También destaca que en la protección contra la violencia de género, la trabajadora víctima de violencia de género tendrá derecho, para ser efectiva su protección, a la reducción de jornada, de media hora diaria sin merma económica. Un tiempo que puede ser un máximo de dos horas —aunque depende del sector, en los curtidos es una hora—, y que esa primera media hora la paga el empresario. Una cláusula debido a cuestiones de gestiones judiciales. De hecho, el convenio especifica que se le facilitarán los permisos necesarios para la realización de las gestiones administrativas, judiciales o médicas para hacer efectivo su derecho a la protección o a la asistencia social integral. Dichos permisos serán retribuidos siempre que las ausencias sean acreditadas por los servicios sociales o de salud.

Además, se han trabajado revisiones al convenio en materia de contratos de relevo para impulsar el rejuvenecimiento de las plantillas, facilitando la adquisición de experiencia del nuevo trabajador a través de esta tipología contractual, y también en materia de trabajo a domicilio, reforzando la figura legal del mismo, sus condiciones laborales y conciliación familiar. Esto último, la del trabajo a domicilio un tema en boga por la movilización y organización de las aparadoras ilicitanas, cuyo germen se ha extendido a otros municipios de la comarca, ha estado siempre regulada en el convenio, aunque casi nunca efectiva, de ahí las situaciones de economía sumergida en casa. Por ese motivo se ha redactado el articulado de forma diferente para dejar claras estas cuestiones:

La persona que trabaja a domicilio tiene los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro trabajador o trabajadora, solo existen especialidades en cuanto a la jornada laboral y horarios. Las empresas vendrán obligadas a entregar a estas personas un documento donde contengan las particularidades y características básicas de la relación laboral. [...]

Las personas que trabajan en su domicilio, percibieran los mismos salarios que las tablas que se fijan en el convenio, más un 10% del mismo salario en concepto de gastos generales (luz, herramientas, etc.).El salario mínimo, por la jornada pactada en este Convenio, será, para el primer año de vigencia, de 38,99 euros día, en sistema de retribución todo incluido. Cada uno de los años de vigencia del convenio, se actualizara en las tablas el salario mínimo de acuerdo a las subidas pactadas.

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