ELCHE (EP). El abogado del empresario Ángel Fenoll ha afirmado que el escrito definitivo de la Fiscalía Anticorrupción en el juicio del caso Brugal sobre las presuntas irregularidades en la adjudicación de la recogida de basuras de Orihuela introduce de manera "inaceptable" hechos nuevos que no coinciden con su escrito provisional y sin referirse a pruebas concretas.
Según el abogado de la defensa de Fenoll, "las acusaciones son genéricas" con más de 250 notas a pie de página en el escrito del fiscal que "impide saber cuál es el verdadero relato de hechos", ya que "se han introducido valoraciones nuevas, que no han podido ser examinadas por las partes" y, por ello, ha manifestado: "No sé de qué le estoy defendiendo".
Además, sobre las cifras de las indemnizaciones, ha dicho que "se han cambiado todas", ha pedido la absolución de Fenoll porque "no hay pruebas de cargo", y ha indicado que, en el caso de haya condena, tan solo se le podría atribuir el delito de prevaricación administrativa. Además, la defensa pide la nulidad por dilaciones indebidas en un proceso que dura 12 años, con tres años de secreto de sumario; un plazo "durante el que han muerto abogados y testigos y han cambiado las circunstancias de los acusados".
La Audiencia con sede en Elche ha juzgado a 34 personas, empresarios y políticos de la Vega Baja por el supuesto amaño de la contrata de basuras de Orihuela para la que el empresario Ángel Fenoll supuestamente creó una trama para extorsionar a los exalcaldes José Manuel Medina y Mónica Lorente, además de a otros políticos a los que grabó para conseguir "doblegar su voluntad".
El fiscal mantiene la petición de 37 años y 8 meses de cárcel para Fenoll por prevaricación, fraude, cohecho, tráfico de influencias, extorsión, coacciones, asociación ilícita, delito electoral y uso de información privilegiada; 12 años de prisión por prevaricación, fraude y cohecho para Medina y ocho años de cárcel por prevaricación para Lorente.
Frente a ello, el abogado de Fenoll ha dicho sobre la validez de las conversaciones grabadas que, al margen de la nulidad decretada en el auto de 26 de junio de 2019, "algunas de grabaciones son ilícitas al estar grabadas por terceros" y que se vulnera el derecho a la intimidad.
Ha negado que Fenoll tuviera un sistema de grabaciones organizado y ha indicado que "hay grabaciones de terceros" que imputan "más a Ángel Fenoll que las propias conversaciones que él grabó", y que al no haber sido conocidas previamente no se ha podido ejercer su defensa, "lo que ha provocado una total indefensión". Asimismo, ha mantenido que algunas de las cintas de Fenoll eran "inaudibles, otras no eran originales, y hasta en algunas la edición figura en una fecha anterior a la grabación". Las cintas han sufrido "cortes, montajes, ediciones y reediciones", ha descrito.
Por último, ha insistido en que, la acusación contra Fenoll debe decaer ya que las grabaciones de su propiedad -varios centenares en audio y vídeo que se encontraron tras el registro policial-, "se refieren a hechos anteriores" y, por tanto, "no se pueden contemplar como el resultado del proceso de investigación, por lo que la prueba de la actuación previa a la precampaña electoral carecen de validez", ha concluido.
El letrado ha mantenido que el hecho de que el concurso al que se presentó Fenoll con Colsur en 2005 se declarara desierto fue "un perjuicio clarísimo" para el empresario, ya que "era la primera vez que podía tener la adjudicación del servicio de limpieza y eliminación de residuos". Y ha dicho que el pliego del concurso de 2005 era ambiguo y "estaba mal". Asimismo, ha recordado que el origen de este caso fue la conversación que el empresario tuvo con el edil Jesús Ferrández, quien aseguró que la contrata "iba a ser adjudicada a Urbaser". Y que esa fue la razón por la que Fenoll decidió forzar la grabación que llevó a Fiscalía.
El letrado de Ángel Fenoll ha argumentado que fueron las discrepancias entre los técnicos lo que llevó al exalcalde José Manuel Medina a encargar un informe sobre el pliego, así como para "salvaguardar su imparcialidad" y preservar la legalidad de sus hechos. Argumentos que también ha atribuido a la exalcaldesa, Mónica Lorente. "Se crearon concursos blindados para evitar que los dos exalcaldes estuvieran implicados en cualquier procedimiento sospechoso", ha concluido.
Además, ha negado que se encargaran informes y contrainformes y recuerda que la Junta de Gobierno decidió por unanimidad paralizar el proceso de licitación y encargar un nuevo informe a la Universitat de València. "Se quedó sobre la mesa, porque finalizó la legislatura", ha dicho. "Si no se corregían las plicas, la mejor oferta era la de Sufi y si se corrigen las plicas, la vencedora sería Urbaser", ha argumentado el letrado, a lo que ha añadido que "esa es la razón por la que la alcaldesa entrante, Mónica Lorente, propuso declarar desierto el concurso y encargó informes que le llevaron a la solicitar la elaboración de un nuevo pliego para la adjudicación en 2008.
En cuanto a la creación del entramado empresarial, el letrado de la defensa ha reconocido que su cliente negoció con otros empresarios y creó dos empresas para concurrir en una UTE junto a Sufi al concurso del servicio de limpieza y recogida de residuos de 2008. Y ha defendido que la creación de las empresas, la negociación con los empresarios y la participación en el concurso fue "lícita" y que fueron criterios técnicos "los que llevaron a declarar nulo el concurso".