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"Vamos a defender la inexistencia de delito"

El Hércules se sienta en el banquillo de los acusados

13/01/2025 - 

ALICANTE. El Hércules y su Fundación como personas jurídicas y la mayor parte de los integrantes de su consejo de administración y de su patronato como personas físicas se sientan este martes en el banquillo de los acusados a cuenta del 'caso Abde'.

Como avanzó Alicante Plaza en abril del año pasado, arranca el juicio (se han fijado dos sesiones) por el que ambas entidades, Carlos Parodi, Valentín Botella, José León y José Caruana serán juzgados por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante por un delito de frustración en la ejecución-alzamiento de bienes (artículos 258 y 257 del Código Penal), por los hechos que protagonizaron en los meses siguientes al pago por parte del extremo Ez Abde en agosto de 2021 de los 2.000.000 euros a los que ascendía el importe de su cláusula de rescisión contrato: entre otros, el endoso a la Fundación del cheque bancario con el que el futbolista (a través de su nuevo club, entonces el Barça) instrumentalizaba el pago a la entidad del Rico Pérez, que en ese momento mantenía con la Agencia Tributaria una deuda en situación irregular de unos 3.200.000 euros (sin contar intereses).

El Ministerio Fiscal como acusación pública, la Agencia Tributaria como acusación particular y la Asociación Herculanos como popular serán también parte en el juicio: La Fiscalía y Hacienda consideran al club, la Fundación, Carlos Parodi, Valentín Botella y José León culpables de un delito de alzamiento de bienes agravado (al tratarse de deudas de derecho público y cuantía elevada) con la concurrencia de atenuante de reparación del daño, reclamando para Parodi una pena de tres años de prisión y multa; para Botella y León dos años y medio de prisión y multa; y para el Hércules y su Fundación, sendas multas. La Asociación Herculanos, por su parte, también califica los hechos como frustración en la ejecución, pero no considera que concurra la atenuante de reparación del daño. Además, no hace distingos respecto a la pena a imponer a Parodi, Botella y León por la presunta comisión del citado delito, solicitando cuatro años de prisión para cada uno de ellos. 

Por lo que se refiere al patrono José María Caruana, este se sentará en el banquillo después de que la Abogacía del Estado, en representación de la Agencia Tributaria, se descolgara de la petición de Fiscalía y acusación popular, quienes solicitaron el sobreseimiento para él.

"Finalmente vamos a defender la inexistencia de delito"

Nacho Gally, letrado que ejerce la defensa del presidente del Hércules Carlos Parodi, descartaba este lunes a preguntas de Alicante Plaza que vayan a pactar una condena de conformidad, con penas atenuadas, con base al pago a la Agencia Tributaria de 1.580.435,62 euros (suma resultante de detraer de los 2.000.000 euros pagados por Abde los 480.000 que el Hércules ya había abonado al fisco anteriormente) que realizaron los acusados en 2022.

"Finalmente vamos a defender la inexistencia de delito", decía Gally, cuyo despacho (Gally Abogados) representa también los intereses de la Fundación por medio de la letrada María Moreno; mientras que la abogada del Grupo Cívica Sofía Estañ se encarga de la defensa del club blanquiazul y el letrado Sebastián Crespo, de Devesa & Calvo, ejerce la defensa de los patronos.

Ahora bien, el citado pago mantiene abierta la puerta a que en caso de condena se les aplique la atenuante de reparación del daño, lo que rebajaría la pena que se les imponga en función de si se considera muy cualificada o no. Por ejemplo, si se les condenase por el tipo básico de alzamiento (el del artículo 257.1.1º del Código Penal), la pena contemplada es de 1 a 4 años prisión y multa de 12 a 24 meses. Si no hubiera agravantes y se aplicase la citada atenuante como simple, se les condenaría a la pena en su mitad inferior, o sea prisión de 1 año a 2 años y 6 meses, y multa de 12 a 18 meses. Si, por el contrario, se apreciase la atenuante como muy cualificada (lo más probable), se les podría imponer la pena inferior en grado, o sea, de prisión de 6 meses a un año menos un día, y multa de 6 meses a doce meses menos un día.

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