ALICANTE. (EFE).- El tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia de Alicante ha suspendido este jueves la vista del juicio a un empresario acusado de no devolver un pago de más de 341.000 euros que recibió por error en su cuenta bancaria por parte del Ayuntamiento de Novelda.
La sala ha acordado el aplazamiento después de que la defensa haya planteado como cuestión previa la prescripción del delito de apropiación indebida que se le atribuye, al entender que debía aplicársele el artículo 254 del Código Penal y considerarse como un delito leve, que ya habría prescrito, toda vez que han transcurrido 16 años desde que sucedieron los hechos objeto del proceso.
La Fiscalía no se ha opuesto a esa consideración, aunque la acusación particular, ejercida por el consistorio, ha mantenido que el delito se ajustaba al tipo delictivo previsto en el artículo 253 como grave, por lo que ha manifestado su rechazo a las pretensiones de la defensa tras argumentar que no cabría conceder la prescripción.
En último término, el tribunal ha acordado suspender la vista para tomar una decisión y resolver si procede acordar la prescripción solicitada o si se desestima esa petición y se fija un nuevo señalamiento en otra fecha distinta para que pueda llevarse a cabo el enjuiciamiento.
Los hechos objeto del proceso se produjeron en 2008. La Fiscalía detalla en su escrito de calificación inicial que, el 2 de septiembre de ese año, el acusado, administrador de la firma, recibió el dinero en concepto de pago por la realización de las obras del Conservatorio de Danza fruto de un error administrativo de la corporación municipal.
El ministerio público, que le considera autor de un presunto delito de apropiación indebida, apuntaba inicialmente que el encausado no devolvió el dinero al ayuntamiento, aunque la administración local que no se dio cuenta del error hasta 2010, cuando el Banco de Valencia, que también había transferido dicha cantidad a la empresa en representación del ayuntamiento, reclamó la deuda. De forma inicial, la Fiscalía solicitaba una pena de tres años y medio de prisión.