ALICANTE (EFE). El diputado responsable del centro Doctor Esquerdo de la Diputación de Alicante, Juan Bautista Roselló, ha dado explicaciones este miércoles en el pleno de la institución después de las criticas recibidas contra él sobre el porqué recibió el pasado 12 de enero, junto a los 200 usuarios y a los más de 395 trabajadores del centro, la primera dosis de la vacuna.
Tras explicar que mantiene un trato directo y personal con el equipo médico y los usuarios del Doctor Esquerdo, ha manifestado que fue Salud Pública quien indicó que debía administrarse la vacuna a todo el personal del centro y quien ratificó el listado en el que se incluyó su nombre.
Por otra parte, Roselló ha informado de que ayer se administró la segunda dosis a los 395 empleados del centro menos a él porque minutos antes, el Gabinete de la Conselleria de Sanidad dio instrucciones verbales para que se le excluyera. "Se trata -ha indicado- de una decisión política y no técnica, ya que Salud Pública en Alicante era favorable a mi vacunación y el departamento de Recursos Humanos de la Conselleria de Sanidad, tal y como se informó ayer, archivó la investigación de mi primera vacunación", ha dicho, según la nota de la institución provincial.
En este punto, ha reiterado que se trata de una decisión “discriminatoria por mi condición política y mi puesto de trabajo” y ha pedido a la consellera Ana Barceló una rectificación. “Si no rectifica y mientras mi primera vacunación no esté completamente investigada y aclarada, no aceptaré la segunda dosis y emprenderé acciones legales por esta discriminación”, ha anunciado.
Con anterioridad, Compromís ha criticado que hubiera diferencia de trato recibido entre el personal del Doctor Esquerdo y del Hogar Provincial, cuyo personal no fue vacunado de manera masiva, como sí ocurrió en el primer centro.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante ha dictado el sobreseimiento provisional de la causa contra el alcalde de La Nucía por su vacunación antes de tiempo, "por no acreditarse suficientemente la perpetración de hecho alguno con relevancia penal". Contra la decisión no cabe recurso. El experto Sebastián Crespo explica en este artículo por qué