ALICANTE. El consejo de ministros aprobaba en su sesión del martes el ya famoso Real Decreto-Ley de 'medidas urgentes destinadas a la prevención, contención y coordinación en el marco de la lucha contra la pandemia de Covid-19' a aplicar una vez haya decaído el estado de alarma y/o las Comunidades Autónomas (CCAA) dejen de encontrase en la fase 3 de la desescalada (no obstante lo anterior, se entiende que la crisis sanitaria continúa).
El mismo deja en manos del Consejo Superior de Deportes (CSD) la decisión sobre la presencia de público en las gradas de los estadios de fútbol donde se disputen partidos de Primera y Segunda División A. Lo hace en su artículo 15, relativo a 'Instalaciones para las actividades y competiciones deportivas', al que con respecto al borrador que fue facilitado a las CCAA el pasado viernes para que formularan alegaciones se le ha añadido un apartado segundo restringiendo la competencia que se le reconoce en el primero a sus respectivos gobiernos para decidir si se juega con aficionados en las gradas cuando se trate de encuentros de fútbol y baloncesto profesional:
"1. Las administraciones competentes deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de las instalaciones en las que se desarrollen actividades y competiciones deportivas, de práctica individual o colectiva, de las normas de aforo, desinfección, prevención y acondicionamiento que aquellas establezcan.
2. En el caso de la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB de baloncesto, la administración competente para la aplicación de lo dispuesto en el apartado anterior será el CSD, previa consulta al organizador de ta competición, al Ministerio de Sanidad y a las CCAA. Las decisiones adoptadas por dicho órgano atenderán de manera prioritaria a las circunstancias sanitarias así como a la necesidad de proteger tanto a los deportistas como a los ciudadanos asistentes a las actividades y competiciones deportivas".
De acuerdo con lo anterior, será el CSD el que tenga la última palabra por razones sanitarias (pese a que desde el ejecutivo se había hablado siempre de equidad y garantizar la integridad de la competición) pero no solo a partir del lunes 22 (la sexta prórroga del estado de alarma vence a las cero horas del día anterior), momento en el que es de aplicación el citado Real Decreto-ley, también a día de hoy merced a una previsión adicional cuya existencia adelantaba iusport.com. De acuerdo con esto último, los gobiernos de las CCAA que se encuentren en fase 3 de la desescalada tampoco podrán decidir si se trata de partidos de fútbol y baloncesto profesional.
El Elche
Teniendo en cuenta que el CSD no va a decretar ni por confusión que ahora mismo, con unos territorios en fase 3 y otros en fase 2, vuelva el público a las gradas, habrá que esperar al vencimiento del estado de alarma, es decir, al 22 de junio. Lo anterior nos lleva en el caso del Elche a los partidos en los que ha de recibir al Deportivo de La Coruña (de la jornada 35 y se disputa el martes 23), Cádiz (37), Albacete (40) y Oviedo (42) como suceptibles de disputarse con público en las gradas (un tercio del aforo del estadio Manuel Martínez Valero), siempre y cuando el CSD lo crea conveniente.