ALICANTE. Este miércoles, el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado este miércoles una resolución de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad en la que modifica uno de los puntos de la resolución en la que se sometía a participación pública y consultas de la versión inicial del Plan de Acción Territorial (PAT) de la Vega Baja. El cambio incorporado tiene que ver con el apartado en la que se declara suspender durante un año –prorrogable otro- la tramitación de proyectos que afecten a suelos catalogados como rural. Incorpora la excepción de proyectos relacionados con la implantación de energías renovables.
El pasado 14 de diciembre el DOGV publicaba la resolución donde se anunciaba la exposición pública por un plazo de tres meses de esta herramienta que dado su carácter supramunicipal marcará las líneas en cuanto a la ordenación del territorio, el urbanismo y los espacios verdes a través de “un desarrollo territorial y urbanístico racional y sostenible”. Califica de “disfunciones territoriales y urbanísticas” las cuestiones que esta herramienta se propone solventar. Este propósito tiene la intención de materializarse en base a cuatro ejes: infraestructura verde, sistema de asentamientos, movilidad y actividad económica.
Esa primera resolución recogía tres supuestos en los que se suspendían las acciones sobre suelo calificado como situación básica rural. En el primer caso se suspende la aprobación de programas de actuaciones incompatibles con la normativa que recoge el documento inicial del PAT. También se suspenden las declaraciones de interés comunitario (DIC) que sean incompatibles con esta norma, salvo las que ya hayan sido sometidas a información pública con anterioridad a esta resolución y que tengan por finalidad la implantación de actividades terciarias o de servicios. Además afecta a la regularización de actividades industriales o productivas que impliquen transformación. El tercer escenario suspende las licencias solicitadas a partir del día de publicación de la resolución que sean incompatibles con la ordenanza que contempla el PAT, salvo que estén amparadas por una DIC.
Ha sido en este tercer supuesto donde se ha incluido la salvedad a los proyectos que dispongan de una autorización autonómica para implantar en suelo no urbanizable -que haya sido sometida a exposición pública antes de la publicación de esta resolución- de medidas para acelerar la implantación de instalaciones con energías renovables y de necesidad urgente de reactivación económica en la catalogada en el PAT la zona de nuevos regadíos.
El documento inicial del PAT recoge cinco estrategias para el suelo urbanizable. La primera es la extinción e integración en la infraestructura verde en superficie que afectan hasta doce municipios (Benijófar, Bigastro, Callosa de Segura, Daya Vieja, Formentera del Segura, Granja de Rocamora, Guardamar, Jacarilla, Orihuela, Pilar de la Hordada, Redován y Rojales). La segunda estrategia es sobre el régimen transitorio e integración en la infraestructura verde. Se trata de suelos considerados con “incompatibilidad manifiesta con los criterios de sostenibilidad ambiental pero que cuentan con un programa de actuación aprobado y en vigor”. De este modo se les fija un plazo para ejecutar y finalizar las obras de urbanización. En este caso afecta a sectores urbanísticos de siete municipios.
La tercera estrategia, reordenación y mejora, va dirigido a sectores de suelo urbanizable sin programa de actuación aprobado y donde la incompatibilidad con los criterios ambientales y territoriales no es total. Aquí afecta a suelo de cinco municipios, Cox, Formentera, Jacarilla, Orihuela y Torrevieja. La cuarta estrategia va dirigida a áreas de especialidad por fragilidad del litoral donde se fija suelo urbanizable incompatible “con los valores del litoral a los que se les puede aplicar”. En este caso, de los tres municipios de la comarca con costa afecta a Guardamar y Orihuela.
La última estrategia es la reconversión en ámbitos estratégicos que se aplicará en sectores de suelos urbanizables y urbanos con programa de actuación aprobado que pueden estar urbanizados o parcialmente edificados.