VALÈNCIA. El Fondo de Cooperación para los Municipios con riegos de Despoblación se había quedado en una especie de limbo administrativo con el cambio de Gobierno en la Generalitat Valenciana. La falta de un trámite había impedido que el nuevo Gobierno valenciano publicara la resolución que contempla la distribución del dinero entre los municipios más pequeños de la Comunitat Valenciana. Y la publicación se ha producido este martes 31 de octubre, aunque según ha explicado el director general de Administración Pública, José Antonio Redolat, estaba validado desde el pasado mes de septiembre después de ser validado por la Comisión de colaboración y coordinación del Fondo de Cooperación Municipal. El fondo tiene naturaleza incondicionada y no finalista.
Este fondo, que nació en el mandato pasado, contempla la distribución de 4,3 millones de euros. A cada municipio le corresponde una cantidad fija de 5.000 euros y el resto de dinero se distribuye en función del cumplimiento de una serie de requisitos, con un máximo de 60.000 euros. Para establecer la cantidad final se aplican una serie de elementos correctores, en función del número de habitantes. Así a los más pequeños se les asigna más dinero, y a los más grandes, menos.
Para ello, los municipios deben cumplir cinco de estos requisitos: tener un número de habitantes, según el último padrón vigente, por kilómetro cuadrado, inferior o igual a veinte habitantes por kilómetro cuadrado: la población en el periodo comprendido en los últimos veinte años debe ser menor o igual al cero por ciento; el saldo vegetativo (nacimientos menos defunciones) de los últimos veinte años sobre la población total según el último padrón vigente debe menor o igual al menos diez por ciento (-10 %); el índice de envejecimiento; es decir, el porcentaje que representa la población mayor de 64 años sobre la población menor de 16 años debe mayor o igual al doscientos cincuenta por ciento (250 %): la suma de la población menor de 16 años y mayores de 64 y la población de 16 a 64 años, según el último padrón vigente, multiplicado por 100: debe ser mayor o igual al sesenta por ciento (60 %); y por último, el saldo migratorio en el periodo comprendido entre los últimos diez años (variaciones residenciales altas menos bajas) sobre la población total según el último padrón vigente también debe ser menor o igual al cero por ciento (0 %).
También pueden ser beneficios los pueblos que pertenezcan a áreas funcionales con una densidad demográfica igual o inferior a 12,5 habitantes por kilómetro cuadrado y todos los municipios con población inferior a 300 habitantes.
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