ALICANTE. El Colegio de Veterinarios de Alicante (Icoval) ha emitido un dictamen a petición de un gran ayuntamiento que está estudiando la oportunidad de contratar los servicios de una empresa dedicada al análisis de ADN fecal para así tratar de frenar el hábito de quien saca al perro y no recoge sus excrementos. Ante tal requerimiento y la solicitud informal de otros muchos municipios de la provincia, Icoval ha decidido difundir sus conclusiones.
En el referido informe –que amplía y actualiza otros igualmente críticos, como el elaborado por el Colegio de Veterinarios de Madrid– se cuestiona abiertamente la viabilidad de este método por su “alto coste” para el erario, su “falta de eficacia”, las dudas jurídicas que plantea y porque no se trata de un sistema, como se ha afirmado, que por sí mismo sirva para luchar también contra el abandono de animales. Como señala el presidente del Colegio alicantino, Gonzalo Moreno del Val, “el método se ofrece como la panacea para acabar con las cacas de perro en las aceras o jardines cuando no es así y convendría enfocar este asunto como lo que es: un problema de salud pública”.
El dictamen analiza los puntos débiles de este sistema. Pone el acento en el ámbito en el que estos servicios se están ofertando: en España se dirigen a los ayuntamientos mientras que en EEUU o Canadá -allá donde están más consolidados- se promocionan principalmente entre comunidades de vecinos con poblaciones caninas limitadas y de fácil registro. Junto a ello, el estudio evidencia que los censos creados a través de la huella genética sólo serían útiles para la identificación de los animales como un “sistema complementario” al actual de identificación electrónica (a través de microchip) y “en ningún caso para desplazar o sustituir” a éste. Porque, efectivamente, en caso de extravío, si el can lleva chip está acreditado que se aumenta 3 veces la posibilidad de que éste pueda ser devuelto y su localización será cuestión de horas, mientras que en el caso del sistema por ADN hacer tal cosa tendrá un nuevo coste, necesitará al menos de 2 días para dar resultados y no servirá si el perro se encuentra fuera del municipio donde fue censado.
Como se avanzaba, el método ofrece “serias dudas jurídicas” en cuanto a que se trate de un instrumento eficaz en el orden sancionador. Y esto sería así por cuanto debería asegurar la cadena de custodia, es decir, que la muestra no se ha manipulado desde su recogida hasta el resultado final de la analítica. Para su toma, se requerirá de la presencia de un funcionario que levante acta del lugar, de la persona que toma la hez y de su envío al laboratorio. Las ordenanzas deberán regular, además, qué actuaciones constituyen una infracción y a quién se considera responsable de las mismas. Por tanto, “a los efectos de un procedimiento sancionador habrá de demostrar qué animal depositó el excremento en concreto y qué persona no llevó a cabo la recogida”, señala el informe.
El dictamen entra de lleno a analizar las razones técnicas de la “ineficacia” de cara a asegurar una correcta identificación del can. Así, recurre a la literatura científica para confirmar que un amplio porcentaje de las muestras serán no concluyentes por: la degradación del ADN por el medio ambiente, por la propia escasez de ADN, por la habitual presencia de inhibidores de PCR (el sistema con el que se hacen las pruebas) que impiden los resultados, por la existencia de contaminaciones genéticas, por problemas de conservación y/o transporte de las heces, por ser de una especie distinta (gatos, por ejemplo) o proceder de animales “itinerantes” (abandonados o de otros municipios)…Éste último factor, en el caso alicantino y por su gran potencial turístico, cobra especial relevancia. Icoval estima, de hecho, que en determinadas épocas del año hasta un 20% de la población canina sería ‘itinerante’ y por tanto no estarían incluidos en el censo genético, lo que impediría la identificación y la posible sanción al propietario o responsable del hecho.
Atendiendo a tales limitaciones, incluso aceptando que el 100% de los animales de un municipio estuvieran correctamente censados, Icoval calcula que la probabilidad máxima de que una muestra de heces recogida fuera positiva respecto a su perfil genético sería del 36,66%. Los costes del resto de análisis –del 63% de pruebas no concluyentes- así como los derivados del mantenimiento del sistema tendrían que ser asumidos igualmente por el titular municipal del servicio. En el caso concreto de Málaga, por ejemplo, su ayuntamiento comenzó a implementar este servicio en mayo de 2017, creó un fondo dotado con 200.000 euros para hacerse cargo de los análisis previos (a partir de la toma de sangre) para obtener el perfil genético (a razón de 35 euros por animal) y asumió el coste de cada análisis de las heces recogidas (de otros 18 euros), pudiendo repercutir únicamente en los propietarios los muestreos con resultado positivo. En septiembre de 2018 -1 año y 4 meses después de arrancar- el porcentaje de animales registrados era sólo del 28,5% y durante un periodo de siete meses, de las más de 304 muestras tomadas sólo 36 (un 11,8%) pudieron relacionarse con el perfil del censo y derivar, en su caso, en sanción.
Por todo lo cual, el Colegio de Alicante recomienda reforzar las ordenanzas para aclarar el rango de las sanciones; reorientar la inversión en la creación de más plazas de policía local para así mejorar la vigilancia en este ámbito o en otros propios de este cuerpo; reforzar las campañas de concienciación, con mensajes más impactantes en los que se remarquen los problemas de salud pública (prevalencia de parásitos intestinales y posible contagio de zoonosis a las personas) y no tanto, aunque también, los problemas de suciedad o de falta de civismo.