EL CAMPELLO. Dos legislaturas después de su creación, el Consejo de Juventud de El Campello sigue sin convocarse. Los estatutos de este órgano se crearon en el mandato 2015 - 2019 (Compromís, Podemos, Centro Moderado y, en un principio, EU), periodo durante el cual sí estuvo en funcionamiento. Sin embargo, como establece el artículo 25 del Reglamento del Consejo Sectorial de Juventud, disolverá su composición con la celebración de unas elecciones municipales o, en su defecto, cuando se dé una moción de censura.
Esto implica que en la legislatura anterior, la que abarca de 2019 a 2023, el nuevo gobierno (PP, Vox y, en un principio, Ciudadanos) lo debería haber convocado para elegir a los miembros del consejo, así como en esta legislatura (PP). Según el reglamento, este se compone por el presidente o la presidenta, el vicepresidente o vicepresidenta, el secretario o secretaria, representantes de los grupos políticos, un/a representante de cada asociación juvenil, hasta diez jóvenes del municipio de entre 14 y 35 años que deseen formar parte y hasta tres representantes escogidos por el presidente/a.
Sobre la no convocatoria del Consejo de Juventud, el portavoz de EU-UP, Pedro Mario Pardo, ha denunciado que desde que llegara el PP al gobierno, la participación ciudadana se ha convertido en "un desierto", paralizando todos los órganos de participación y sin otorgarle la importancia que requiere. Por este motivo, Pardo ha exigido que cese este bloqueo y se convoque el órgano para "dar voz a la juventud de El Campello y que pueda intervenir en política, se escuchen sus inquietudes, propuestas y quejas y se le acerque la gestión de los recursos municipales".
Entre las funciones que se le atribuyen, el reglamento fija el asesoramiento, la información, las propuestas y las consultas, a través de la Concejalía de Juventud. En concreto, realizar sugerencias, iniciativas y propuestas; recoger opiniones ciudadanas sobre asuntos para los que recabe asesoramiento, y ser informados, cuando así se solicite, de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local y pleno del Ayuntamiento respecto de aquellos temas de su interés.
Asimismo, se establece que el pleno del Consejo se reunirá, al menos, una vez al año en sesión ordinaria, mientras que de manera extraordinaria podrá hacerlo siempre que se considere necesario. Además de la disolución del órgano con el fin de la legislatura, también se podrá deshacer por petición propia, acordada por el pleno del Consejo por mayoría absoluta; o por iniciativa municipal, adoptándose el acuerdo por el pleno del Ayuntamiento por mayoría simple.