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el acusado reconoció los hechos en la audiencia de valencia

Condenan al propietario de Top Recambios por defraudar a Hacienda 4 millones de euros 

16/11/2017 - 

ALICANTE. La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado al propietario de la empresa valenciana de neumáticos Top Recambios, Juan Francisco Reig Carreres, a penas que suman dos años de prisión por un fraude fiscal de más de 4 millones de euros, cometido durante los años 2011 a 2013. La sentencia, dictada el pasado mes de junio por la Audiencia, recoge que el acusado reconoció los hechos y asumió su autoría, así como que ha satisfecho las cantidades impagadas a la Hacienda pública.

Reig Carreres, alicantino de nacimiento (es oriundo de Castell de Castells) pero afincado en Xirivella, donde tiene también su sede la empresa, es el propietario de la sociedad (con el 99,88% de las acciones) y también su administrador único desde el año 2000. Durante su declaración, el empresario alicantino admitió haber tomado las decisiones necesarias para que su empresa declarase una base imponible irreal en los ejercicios 2011, 2012 y 2013 tanto para el IVA como para el Impuesto de Sociedades, de forma que defraudó más de 4 millones de euros al erario público en total.

Top Recambios, fundada en 1993, es la segunda gran empresa dedicada a los neumáticos de la Comunitat Valenciana, tras la ilicitana Neumáticos Soledad, aunque a mucha distancia en cuanto a volumen de facturación. Al contrario que la firma ilicitana, que apuesta por la fabricación y distribución de su marca Hankook, la empresa de Reig Carreres se dedica a la distribución de recambios multimarca. En el año 2015 declaró una facturación de 80 millones de euros (el grupo de Soledad se mueve en el entorno de los 300 millones anuales).

La sentencia recoge como hechos probados (dado que el acusado los admitió, no llegó a celebrarse la vista oral) que el propietario de la empresa fue el responsable de las declaraciones por Impuesto de Sociedades y del IVA en los ejercicios 2011, 2012 y 2013. Como consecuencia de una serie de comprobaciones de la Agencia Tributaria, "se descubrió que las bases imponibles declaradas se basaban en una serie de irregularidades contables: ocultación de ingresos por ventas, no aplicación de un criterio lógico en la valoración de las existencias y falta de control en la cuenta de caja", que permitieron ocultar los verdaderos resultados de los mencionados ejercicios.

De esta forma, la cuota defraudada por el Impuesto de Sociedades ascendió a 2.406.889 euros (367.371 euros en 2011; 532.097 en 2012; y 1.507.421 euros en 2013), mientras que en el caso del IVA la cuota defraudada fue de 1.647.018 euros (237.162 euros en 2011; 354.664 euros en 2012; y 1.055.195 euros en 2013). En los dos impuestos, el importe defraudado creció a medida que avanzaban los ejercicios, tal como se recoge en los hechos probados de la sentencia. En total, el volumen defraudado a Hacienda ascendió a 4.053.907 euros.

"Con posterioridad al inicio de las actuaciones inspectoras, pero antes de que se denunciasen los hechos ante el juzgado de Instrucción", según explica el fallo, el acusado ingresó en la cuenta de la AEAT la cantidad de 4.570.283 euros, una cantidad con la que "queda satisfecha la deuda tributaria, incluyendo los intereses de demora". Una circunstancia que se considera atenuante, dado que el quebranto a las arcas públicas se ha visto resarcido.

Así, dado que el acusado admitió los hechos, el tribunal dictó la sentencia in voce: penas de tres meses de prisión por el fraude en Sociedades en cada uno de los dos primeros ejercicios, y de seis por el tercero; e igualmente penas de tres meses de prisión por el fraude en Sociedades en cada uno de los dos primeros ejercicios, y de seis meses por el de 2013. Es decir, dos años de prisión en total. Asimismo, se imponen multas económicas de distintas cantidades por cada uno de los seis delitos, que suman más de 1,6 millones de euros (independientemente de que finalmente pagase la cantidad defraudada). Las partes manifestaron su intención de no recurrir el fallo, por lo que devino firme.

La defensa del condenado, que tiene 68 años de edad, interesó no obstante la suspensión de la ejecución de la condena, una petición a la que no se opusieron el Ministerio Fiscal ni la Abogacía del Estado.

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