Hoy es 6 de noviembre

tribuna  / OPINIÓN

Concordia y reconciliación

23/06/2021 - 

La concesión del indulto a los condenados por el “procés” por parte del Gobierno de Pedro Sánchez ha provocado un nuevo terremoto político en nuestro país. Uno más: la patria se quiebra, el mundo se acaba. Muchos se han posicionado a favor y otros tantos en contra. Resulta revelador ver a la derecha española (la ultramontana y la otra) y a los independentistas catalanes (ultrapirenaicos o no) compartiendo tálamo, aunque culo con culo. Significativo es el desacuerdo expresado por algunos dirigentes socialistas, por representantes de organizaciones empresariales o por miembros de la jerarquía católica. Mientras que miles de “constitucionalistas” españoles, otrora virólogos, remarcan lo ilegal, ilegitimo e inconstitucional que parece ser el indulto: nada nuevo bajo el Sol.

No es la primera vez que en la historia reciente de España se recurre a la excepción en la aplicación de la ley penal, mediante la aplicación de la amnistía o del indulto. La amnistía (olvido en griego) es una causa de extinción de la responsabilidad penal y supone el olvido jurídico de la comisión de lo ilícito. El dictador, por ejemplo, premió a los suyos sancionando la Ley de 23 de septiembre de 1939, que fue una verdadera amnistía pues consideraba “no delictivos” los crímenes cometidos desde el 14 de abril de 1931 hasta el 18 de julio de 1936, excluyendo claro está a los leales a la República. Ya en la transición, la amnistía de 1977 afectó a delitos y faltas de intencionalidad política cometidas con anterioridad al 15 de diciembre de 1976 y puso fin a las sanciones que por motivos políticos todavía estaban vigentes en el momento de la transición. Y han quedado eximidos de toda culpa los que cometieron delitos de lesa humanidad en apoyo al régimen franquista.

Por su parte, el indulto extingue la responsabilidad criminal, mediante la remisión total o parcial de la pena a que hubiese sido condenado el culpable de delito, atendiendo a razones de justicia, equidad o utilidad pública. A diferencia de la amnistía, con el indulto no se olvida el acto ilícito, sino que se perdona la pena. El dictador usaba los indultos generales de manera sistémica, cada vez que un santo o un mártir lo permitía. En democracia, socialistas y populares han usado esta institución, siempre en aras del progreso y la concordia.

De esta manera, el sistema jurídico español que ha ajustado las cuentas con el pasado violento ha resultado ser un sistema de justicia política; es decir, una justicia negociada y sometida a un proceso específico de legitimación basada en el perdón y en la reconciliación. Una situación impulsada en su momento por los epígonos franquistas, agudos propagandistas de la reconciliación, pero de procesos de reconciliación basados en el olvido y en perdones jurídicos rápidos, para cuya demanda se argumenta que no es conveniente revolver en el pasado. Para ellos, la “modélica” transición requería de perdón para conseguir la reconciliación.

En el llamado problema catalán, sin embargo, señalan que no podemos aplicar las mismas medicinas, pues moralmente resultan inaceptables. Esa moral no sólo define el perdón, sino también sus condiciones. Esa moral, por lo que parece, señala qué es lo que se debe perdonar y también a quién se debe perdonar. Por ello leo que, como los indultos no se ajustan a esa moral, resultan ser un acto de venganza contrario a los valores constitucionales y una declaración de autoritarismo del presidente Sánchez. En resumen, si hay indultos es por el mero ejercicio de la autoridad.

A ellos, a todos, les sugeriría la lectura de la obra de Jacques Derrida, Perdonar lo imperdonable y lo imprescriptible. En ella habla de la gran paradoja del perdón: el perdón tiene sentido si existe lo imperdonable, porque sólo puede ser objeto de perdón lo imperdonable. Si se perdona lo perdonable, lo que la moral me dice que puedo y debo perdonar, entonces el perdón como tal desaparece, se diluye. Por eso además el perdón no hace justicia, no sustituye a la Justicia. El valor del perdón es ajeno al valor de la justicia jurídica. Y por ello Derrida confía en dar el perdón incluso a la persona que no lo solicita, incluso más, a la que no se arrepiente. Yo también.

Roque Moreno Fonseret

Catedrático de Historia Contemporánea de la Universidad de Alicante

Director del Instituto Universitario de Estudios Sociales de América Latina

Noticias relacionadas

next
x