Hoy es 18 de noviembre

del derecho y del revés / OPINIÓN

Brugal y las garantías constitucionales

14/02/2020 - 

En Alicante estamos viviendo momentos de grandes contrastes, como por otra parte viene siendo lo habitual en nuestra ciudad y provincia y que, sin duda, forma parte de la vida misma. De un lado, el Distrito Digital va como un tiro en ascenso imparable y ya están que literalmente de salen porque no caben en las oficinas, mientras el caso Brugal avanza inexorablemente hacia la celebración de juicio, que tendrá lugar este año. Luces y sombras.

Empezaré por decir que, sinceramente, lo de las instrucciones en España es una verdadera pesadilla y resulta injusto per se que se eternicen de esta manera. Y es que se sabe cuándo empiezan, pero no cuándo acaban. Lamentable. Es más, las dilaciones indebidas deberían constituir, a mi modo de ver, una circunstancia atenuante mucho más cualificada, esto es muy reforzada, de minoración de las penas e incluso de exculpación de los acusados, cuando transcurra demasiado tiempo entre la comisión de los hechos presuntamente delictivos y el enjuiciamiento de los acusados. Nuestro sistema judicial se revela como injusto por tener a las personas implicadas pendientes de un hilo durante demasiado tiempo, con su vida en pausa, o bien sufriendo a diario por la espada de Damocles de ese juicio que tarda tanto en llegar.  Los expedientes por los suelos de los juzgados son prueba del desbordamiento, pero a ver quién le pone el cascabel a este gato que tira ya más a tigre ciertamente.

En casos como el que estoy citando, además, la que ha venido a llamarse “pena de telediario” es aún más gravosa para la mayoría de las personas implicadas que la propia condena en sí, especialmente para aquellos acusados que aparecen de rondón en este tipo de procedimientos, salpicados por ese café para todos que suele aplicar la Fiscalía española cuando elabora la primera lista de acusados. Es posible que lo que se esté buscando con esta medida de imputar hasta a la scort de lujo del acusado principal, y no lo digo de broma, busque que, a fin de buscar salvar las propias posaderas, acabe alguno cantando por soleares, desmarcándose así de la línea general de defensa y facilitándole en definitiva el trabajo a la acusación pública. La treta suele dar buenos resultados.

En estos días hemos podido conocer el acuerdo de conformidad alcanzado por la Fiscalía con un constructor ilicitano en el caso Brugal, lo que podría abrir fisuras en la defensa del resto de acusados. Es cierto que la credibilidad de las versiones exculpatorias de algunos procesados puede quedar en entredicho a ojos del tribunal, al haber admitido el mencionado constructor que pagó a través del despacho de abogados Salvetti para que se recalificaran sus terrenos en el PGOU. Sin embargo, y a pesar de esta conformidad, serán imprescindibles otras pruebas de cargo para poder condenar al resto de los acusados. Es más, la conformidad del constructor podría obedecer a su mera y comprensible intención de evitar tener que acudir a las numerosas sesiones de la vista oral, haciendo el paseíllo ante las cámaras de televisión, y más dado que con la condena que ha acordado no ingresaría en prisión, ni el importe de la responsabilidad civil aceptada es tampoco excesivo. Aunque para mí que no se va a librar de acudir a las vistas, porque como bien dicen los abogados no se puede pactar con unos acusados sí y otros no. A pesar de esta conformidad, las hipotéticas condenas que se impongan a futuro a los acusados, o algunos de ellos, deberán estar basadas en los hechos que resulten probados del conjunto de la prueba que se practique durante el juicio y no en meras sospechas o hipótesis del tribunal. 

Dado que en tantos casos los acusados resultan absueltos por falta de pruebas suficientes de cargo, esto me lleva al razonamiento siguiente: si tras una instrucción interminable al final se llega a absoluciones, doble fallo del sistema, porque tal vez algunos o todos los acusados lo fueron injustamente. Sin embargo, tener la garantía constitucional de no ser condenado sin pruebas suficientes es de una importancia vital para el justiciable y para el mantenimiento de las reglas del juego. Espero que el Gobierno de turno no decida acabar de un plumazo con esta garantía por la puerta de atrás.


Noticias relacionadas

next
x