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a la anterior empresa de socorrismo del palau

Benidorm tendrá que pagar 75.000 euros en intereses por facturas impagadas desde 2005

18/07/2023 - 

BENIDORM. Más de 200.000 euros tendrá que pagar el Ayuntamiento de Benidorm al responsable del servicio de socorrismo en el Palau d'Esports l'Illa de Benidorm durante los años 2005 al 2013. A los 130.000 euros que ya ha abonado por facturas impagadas en aquel momento, el juez reclama ahora otros 75,204,44 euros en concepto de intereses de demora por no haber cobrado en su momento por el servicio prestado. Así lo recoge la resolución a la que ha tenido acceso este diario y que confirma que el primer importe ya ha sido abonado.

Como ya explicara este diario en su momento, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Alicante reconocía que el trabajo por el que reclamaba la contraprestación se había realizado. En aquel entonces se había calculado en 129.203,10 euros el dinero que había dejado de cobrar. Una decisión que el municipio no decidió recurrir y por tanto, se valió del fondo de contingencia para hacer frente a la sentencia.

Los hechos mas recientes son de 2020, cuando el Ayuntamiento de Benidorm rechaza la petición cursada por el demandante que pedía que le pagaran las facturas pendientes. Esta decisión es precisamente la que recurre en los juzgados y ahora se deja sin efecto. Según figura en la documentación, el demandante fue el adjudicatario de los servicios de socorrismo de las playas de Benidorm entre los años 2005 y 2013, ambos inclusive. Las facturas pendientes hacen referencia a "servicios adicionales" y quería que se le reconociera su derecho al pago, invocando la doctrina de enriquecimiento injusto. 

El Ayuntamiento basó sus alegaciones en que era una causa extemporánea y apelaba a la prescripción de los hechos. El juez dictamina que para esta ocasión, el plazo máximo es de 15 años, por lo que estaba dentro de este periodo al haber facturas de 2012. Para rizar más el rizo, consta un informe del 5 de septiembre de 2022 por el que Intervención reconoce que se han abonado al demandante facturas que no figuran en un contrato formalizado. También corroboraron la prestación del servicio con la declaración de testigos.

Fuentes municipales explicaron a este diario en su momento que fue en 2012 cuando hacen la primera reclamación de pago, aunque se rechaza. Vuelven a hacerlo en 2020, pero se desestima porque consideran que se daba un supuesto de prescripción administrativa de cinco años desde la fecha de las facturas. Sin embargo, el juez ha considerado que debía imperar la prescripción civil, cuyo plazo es de 15 años y, por tanto, establece que tienen derecho a cobrar esas facturas.

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