BENIDORM. El Ayuntamiento de Benidorm ha elaborado una convocatoria de ayudas para la implantación de nuevas empresas creadas en 2017. El presupuesto para esta subvención será de 30.000 euros a repartir entre los que obtengan dicha contribución. Esta convocatoria está a falta de que den el visto bueno a las bases reguladoras, para lo que se procederá la semana que viene.
La propuesta recoge que los beneficiarios son los trabajadores autónomos o por cuenta propia empadronados en Benidorm. Aunque también incluye aquellos que no lo estén pero que hayan solicitado la licencia de apertura de un local radicado en la ciudad.
En cuanto a los requisitos pedidos, está el de haber iniciado la actividad autónoma a partir del 1 de enero de 2017. Además, encontrarse de alta en el censo de obligados tributarios y en el Régimen Especial deTrabajadores Autónomos o equivalente previamente a la presentación de la solicitud. Y por último, no haber figurado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los seis meses anteriores al inicio de la actividad.
En cuanto al tipo de subvenciones, destaca que el pago por emprendedor será de un máximo de 500 euros para los que han pedido licencia de apertura, tanto para las actividades sujetas a comunicación ambiental como para las sujetas a licencia ambiental. En el caso de que la licencia sea concedida en 2017, pero no disponga ya de local con actividad a su nombre, admitirán la solicitud aunque el alta de autónomo sea antes del 2017. Por último, el pago a aquellos emprendedores que se establecen como trabajadores autónomos sin precisar de un local en el que ejercer la actividad, será de 350 euros.
Dentro de la propuesta por aprobar, recogen que las ayudas se otorgarán mediante concesión directa "hasta agotar el crédito disponible" siguiendo el criterio, con independencia de la fecha de la solicitud, que se haya presentado la totalidad de la documentación original exigible en el registro municipal.
Pero además, los emprendedores tendrán que soportar algunas obligaciones, entre las que destaca que tienen que mantener la actividad por cuenta propia y el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos hasta tres meses después de la fecha de alta en éste. Una vez cumplido el plazo, se efectuará el pago de la subvención.