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permite la actividad comercial en los sótanos y primeras plantas

Benidorm pasa la fase ambiental para incluir más calles como ejes comerciales

10/03/2021 - 

BENIDORM. El Ayuntamiento de Benidorm avanza en el cambio de la norma que permitirá ampliar el número de calles reconocidas como ejes comerciales. El pasado 26 de febrero la concejal de Urbanismo, Lourdes Caselles, firmaba la aprobación del informe ambiental y territorial estratégico de la modificación puntual número 22 del PGOU, relativa a la 2ª actualización del artículo 112. Una modificación que se planteó en su momento junto a la instalación de electrolineras y la ordenanza de publicidad pero que se terminó haciendo por separado para agilizar los trámites.

En su momento, se informó que la propuesta de viales para que fueran contemplados como 'ejes comerciales' son Ametlla del Mar, Beniardá, Foietes, Esperanto, Armada Española y Vicente Llorca Alós, así como las zonas peatonales. Una propuesta que se explicó en el Consejo Asesor de Escena Urbana hace tres años y que habrá que detallar en la siguiente fase del procedimiento, en la que se podrían añadir otras sugerencias planteadas por Aico, la asociación de comerciantes de Benidorm. 

Según recoge el decreto al que ha tenido acceso Alicante Plaza, el informe ambiental favorable estudia que se pueda extender los ejes comerciales "a las calles de fuerte demanda comercial, concepto que es variable en el tiempo, como ha demostrado la pandemia, por lo que debe incorporase una norma que derive a estudios sectoriales y ordenanzas de fácil tramitación administrativa su alteración por cambios de la oferta y/o la demanda comercial".

Con ello, aceptarán la implantación de actividad comercial en los sótanos y primeras plantas de los locales en los que hasta ahora no se podía por no tener esta calificación.

Además, incluyen la petición del Servicio Territorial de Urbanismo de Alicante que reclamaba que el mecanismo de gestión de las actuaciones de dotación fuera a través de Programas de Actuación Aislada, en lugar de planes de reforma interior, para darle más agilidad porque no sería necesaria el trámite ambiental. Esto afectará al valor del cambio de uso del aprovechamiento bajo rasante en zonas de ordenación de Edificación Abierta (EA) y (VU), análoga a la Mod 01. Para ello, la 'tabla de fondo' será el nuevo coeficiente que ponderará el valor comercial de un sótano en función de la posición del uso respecto a las calles con las que conecta, escaleras, etc. en comparación a un local equivalente en planta baja. 

También se podrán beneficiar los hoteles, ya que se les podrá aplicar la 'tabla de fondo' al uso terciario-comercial en primera planta y sótano de estos establecimientos situados en zonas de edificación abierta EA y VU. No obstante, no deben ser incluidos en los incrementos del 15/40% del aprovechamiento como pueden ser las discotecas, bares, restaurantes, tiendas, spas, etc. que no es uso exclusivo para los clientes.

Se aplicará también la 'tabla de fondo' al uso dotacional privado lucrativo en estos mismos espacios que estén situados en zonas de ordenación de Edificación Abierta EA y VUU, no incluido en el incremento de aprovechamiento (hasta 1m2u/m2).

Escasa relevancia ambiental

Según el análisis ambiental, estas nuevas actuaciones "serán de escasa relevancia y pequeña entidad", pero considera que a largo plazo pueden contribuir a una mejora del paisaje urbano. Sobre los efectos sobre el medio ambiente, añaden que los usos terciarios previstos "son cuantitativamente menos relevantes respecto a los usos residenciales y hoteleros, pero el comercio de proximidad que potencia producirá efectos favorables sobre el medio ambiente".

Esta modificación cuenta también con el informe favorable de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo firmado el pasado 15 de diciembre. Asimismo, la aprobación ambiental se sustenta en el informe técnico de Asuntos Jurídicos Municipal del pasado 11 de febrero y que resuelve que la propuesta no tiene incidencia significativa en el modelo territorial vigente ni produce incremento significativo en el consumo de recursos. Además, argumenta que no modifica los objetivos de calidad en relación con la gestión urbanística por lo que, "por su limitado contenido no tiene incidencia significativa sobre el modelo territorial y no hay afección medioambiental ni paisajística en la alternativa de la ordenación propuesta".

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