BENIDORM. El día de la marmota. En esto se ha convertido la puesta en funcionamiento del control de horarios con el método de huella digital en los edificios municipales a sus empleados. Cuando ya parecía que se iba a implantar en septiembre, quedaba un escollo por resolver: las cuatro alegaciones que se han presentado al reglamento, tres de ellos por los sindicatos CSIF, FSP-UGT y CCOO, así como una funcionaria en particular. Pero el jefe de personal, el ex concejal del PP Lorenzo Medina, ha eliminado todos los argumentos que esgrimían. Por lo que el concejal de Personal, Jesús Carrobles, elevará a pleno la aprobación definitiva con la desestimación de todas las alegaciones.
El que más llama la atención es el primer apartado de las alegaciones de CSIF, que en base a sentencias anteriores, afirman que "los empresarios no tienen obligación de llevar un registro o control de las horas de jornada ordinaria de sus trabajadores", a lo que el jefe de personal contesta que la no obligación no puede ser considerada una prohibición para hacerlo. Además, indican que sería injusto que por razones de la tipología de trabajo, se le vaya a exigir a unos empleados y a otros no, para lo cual, Medina se acoge al mismo argumento que en el caso anterior.
Asimismo, consideran que la implantación del sistema de control supone un "gasto innecesario" tanto en dinero como en la asignación de funcionarios para su uso. Ante lo cual, Medina indica que se hará con el Departamento de Recursos Humanos, por lo que niega un gasto innecesario. También hacen alusión a las "no pocas implicaciones en materia de protección de datos" que se deriva de la implantación de este sistema, para lo cual el jefe de Personal recuerda que ya se hizo y aprobó en junio de 2016.
El CSIF asegura que este mecanismo "no garantiza una mejora del rendimiento o eficacia de los trabajadores del Ayuntamiento". Como consecuencia, Medina indica que es un "mecanismo eficaz" contra el absentismo laboral. Por todo ello, solicitan que no se apruebe de forma definitiva, pero desestiman la petición por los motivos comentados.
Reclaman que en su lugar se tomen medidas para un control en supuestos especiales, con "por ejemplo, horas extraordinarias", así como "métodos menos gravosos para el control de la puntualidad, como a través de los jefes de servicio o área". Algo que afirma Medina ya está en el reglamento. Y por último, piden que si quieren "una reforma sustancial y seria que permita mejorar la eficacia y rendimiento del personal, se proceda a estudiar con la ayuda de los sindicatos mecanismos que permitan abordar la evaluación del desempeño de los empleados municipales", a lo que les contestan que lo que reclaman es un mecanismo diferente pero que podría convivir con él, por lo que "nada impide que se adopten en el futuro".
La sección sindical FSP-UGT alega por tres motivos. El primero, en alusión a la compensación de las horas extraordinarias. Según indican, el acuerdo de condiciones socio-económicas del personal estas horas "podrán compensarse en horas de descanso en cuantía doble de las efectuadas", mientras que el reglamento nuevo lo hace de manera simple. Como consecuencia, interpretan que se incumple el acuerdo primero. En este sentido, indican que es el funcionario el que se tiene que administrar el tiempo, además de que "el saldo positivo referido en el Reglamento no toma en consideración las horas extraordinarias, dada la falta de solicitud de la administración de realización de las mismas".
Como el anterior sindicato, también alegan la no obligación del control horario. Y por último, dicen que se pone en peligro la protección de datos de los trabajadores municipales, punto que niega Medina.
La funcionaria que alega de forma particular y CCOO también repiten motivo: la compensación de las horas extraordinarias.