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el informe de fiscalización de cucarella avala el procedimiento de liquidación

Auditoría del Síndic de Comptes: Ciudad de la Luz se liquidó bien y la UE cierra el expediente

23/10/2019 - 

ALICANTE. El proceso de liquidación de Ciudad de la Luz SAU, que debía dar cumplimiento a la resolución sancionadora de la Comisión Europea que obligaba a la Generalitat a recuperar las ayudas ilegales concedidas al complejo cinematrográfico y poner fin a su actividad, se llevó a cabo conforme a la normativa y sin 'peros' reseñables. Esa es la principal conclusión del informe de fiscalización realizado por la Sindicatura de Comptes sobre el ejercicio 2018 de la sociedad, el último en el que existió como tal.

Como ha contado Alicante Plaza, el cumplimiento formal de la resolución europea se llevó a cabo con la liquidación de Ciudad de la Luz SAU y el traspaso de su activo y su pasivo a su único accionista, la Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunitat Valenciana (SPTCV). Un proceso que finalizó precisamente en diciembre de 2018 con la extinción de la mercantil pública: SPTCV asumió un activo de 61,8 millones de euros, la gran mayoría del cual corresponde a los terrenos sobre los que se asienta el complejo, y un pasivo corriente de 237,8 millones de euros, formado casi exclusivamente por las deudas de Ciudad de la Luz con el Consell y el sector público empresarial.

A ojos de la Sindicatura de Comptes, "el proceso contable de cesión global de activo y pasivo de Ciudad de la Luz a la SPTCV y de disolución de Ciudad de la Luz se ha realizado, en los aspectos significativos, de acuerdo con la normativa aplicable". A pesar de que la extinción se llevó a cabo en diciembre, el informe del Síndic destaca que se tomó el 1 de enero del pasado año como momento a partir del cual las operaciones de la sociedad cedente pasaban a considerarse por cuenta de la cesionaria. La cesión se realizó sin contraprestación (con amortización de las acciones de Ciudad de la Luz por parte de SPTCV) y conllevó el despido de tres trabajadores que aún seguían en nómina en la sociedad pública.

En cuanto a la decisión europea de 2012 que obligaba a cerrar Ciudad de la Luz (que se convirtió en firme en 2014 por sentencia del Tribunal de Justicia de Estrasburgo), el informe de fiscalización de la Sindicatura señala que el pasado mes de abril la Comisión Europea "remitió un escrito a la representación permanente de España ante la UE" en el cual concluye que "las autoridades españolas han adoptado todas las medidas necesarias para aplicar la decisión, si bien hasta final de junio de 2027 la Comunidad Valenciana debe cumplir las condiciones asumidas". Los servicios de la Comisión "han cerrado provisionalmente el expediente administrativo, y se reservan el derecho a reconsiderar esta conclusión si se descubren hechos nuevos".

Entre las condiciones asumidas y que deben mantenerse hasta 2027, como ya contó este periódico en su momento, están que la SPTCV "solo puede llevar a cabo actividades no económicas con los activos de Ciudad de la Luz por un periodo de quince años" (que empezó a contar en 2012), y que además "estas actividades deben ser evaluadas y aprobadas" previamente por la Comisión Europea. En este sentido, el Distrito Digital se ha establecido en los dos edificios del complejo no afectados por la decisión europea, mientras los platós y el resto de instalaciones permanecen cerradas (salvo los despachos que usan ahora la propia SPTCV y la Conselleria de Innovación, que sí forman parte de los edificios afectados pero no son actividades económicas).

Mientras dure este periodo de 15 años, Proyectos Temáticos puede intentar vender los activos de Ciudad de la Luz a un inversor privado, siempre que se cumplan las condiciones impuestas por Europa (y esencialmente, que no se usen para hacer cine). En caso de no conseguir venderlos, la sociedad pública también podría llegar a recibir autorización de Bruselas para alquilar dichos activos, aunque también con importantes restricciones.

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