la ordenanda de venta no sedentaria ya está aprobada de manera definitiva

Altea prohíbe el comercio de segunda mano para "no deteriorar la imagen de los mercadillos"

8/08/2018 - 

ALTEA. Altea ya tiene aprobada de manera definitiva la ordenanza que regula la venta no sedentaria en la localidad. De esta forma, marcan unas pautas para aquellos comerciantes que se ubican fuera de un establecimiento comercial permanente, cualquiera que sea su periodicidad, en los perímetros o lugares debidamente autorizados, en instalaciones comerciales desmontables o transportables. La aprobación inicial se realizó en el 3 de mayo de este año.

Una de las polémicas que ha ido acompañadas de esta normativa municipal es relativa a la venta de textiles de segunda mano. El último pleno de julio en el que se aprobó el documento de manera definitiva, resolvieron las alegaciones que venían por parte de dos personas del mercadillo que tenían este tipo de negocio.

Así, alertaban que con la nueva ordenanza on podrían seguir con su venta dedicada a este sector. Como consecuencia, la concejal de Comercio, Ana Alvado, indicó que permitirán la vigencia de la licencia que ya tienen concedida desde 2012 pero no se otorgarán nuevas para que no siga proliferando 

"Este tipo de venta deteriora la imagen de los mercadillos de Altea", dijo la edil en el pleno, a la vez que aseguraba que no ayuda a mejorar la imagen de "mercadillo de calidad" que quieren para el municipio. Los comerciantes deben hacerse responsables de sus propios residuos y contribuir al reciclaje de los mismos, manteniendo el orden y limpieza del espacio que les ha sido asignado.

Asimismo, entre los distintos puntos que recoge la normativa, recogen la prohibición de la venta «con reclamo», especialmente si ésta se lleva a cabo por el sistema de megafonía o altavoces. 

De igual manera, se prohíbe expresamente la venta ambulante, entendiendo como tal la venta no sedentaria practicada en ubicación móvil, de manera y con medios que permitan al vendedor ofrecer su mercancía de forma itinerante, deteniéndose en distintos lugares sucesivamente y por el tiempo necesario para efectuar la venta.

La ordenanza también recoge el sistema para otorgar licencias de manera competitiva por puntos. Para ello, tienen en cuenta las medidas medioambientales como el compromiso de utilización de bolsas de papel o de plástico reciclable como envoltorio de los productos puestos a la venta, con cinco puntos, equiparándolo al máximo que se puede obtener por experiencia en el sector. 

Además, tienen en cuenta la situación en la que está el solicitante, ya que por cada año en paro, suma dos puntos (con un máximo de 6).

Por último, redactan las cuantías económicas para las sanciones por las infracciones de la ordenanza, que van de los 60 euros por la más leve, a los 3.000 por la más grave.

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