TORREVIEJA.
El servicio de transporte público entre Torrevieja y Alicante ya ha sido objeto de una nueva licitación pública, aunque el procedimiento se encuentra actualmente suspendido después de que el concurso haya sido recurrido. Así lo asegura Avanza, adjudicataria del contrato de emergencia CE-704 que acaba de ser anulado por el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC), que ha trasladado una serie de precisiones sobre el procedimiento y las circunstancias en las que se ha venido prestando el servicio.
Según explica la compañía, el plazo de presentación de ofertas del nuevo concurso ya ha finalizado, por lo que considera que la reclamación de la Asociación Gestión Transporte de Viajeros (GTV) para que el servicio se someta a una licitación pública debe contextualizarse teniendo en cuenta que ese procedimiento ya ha sido convocado. No obstante, Avanza señala que la nueva licitación se encuentra ahora suspendida como consecuencia de otro recurso.
La compañía realiza estas aclaraciones después de la resolución del TACRC que anuló la adjudicación a Avanza del servicio de transporte público CE-704 Torrevieja-Alacant. El tribunal estimó el recurso presentado por GTV al considerar que no había quedado suficientemente acreditada la existencia de una interrupción del servicio o de un riesgo inminente que justificara recurrir al mecanismo excepcional de adjudicación directa.
Avanza: fue la única empresa que presentó oferta
Avanza también matiza las circunstancias en las que recibió la adjudicación ahora anulada. La empresa señala que la Generalitat solicitó ofertas a tres operadores y únicamente Avanza presentó una propuesta, por lo que sostiene que no se produjo una elección discrecional de la compañía frente a otras ofertas.
Este extremo consta igualmente en la resolución del TACRC. La Generalitat solicitó propuestas a La Unión de Benisa, Avanza Movilidad Levante y Subús Grupo de Transporte y, posteriormente, examinó la única oferta recibida, correspondiente a Avanza. La adjudicación se formalizó finalmente el 10 de marzo de 2026.
La compañía considera por ello que debe contextualizarse la expresión "adjudicación directa a Avanza": jurídicamente se utilizó el procedimiento excepcional de adjudicación directa, pero, según recalca la empresa, la Administración había solicitado previamente ofertas a varios operadores y Avanza fue la única que presentó propuesta.
Rechaza que hubiera "prórrogas a dedo"
Avanza también rechaza que la prestación del servicio durante estos años pueda describirse como una sucesión de "prórrogas a dedo". Según sostiene la compañía, no se produjeron sucesivas prórrogas discrecionales dirigidas a evitar una licitación, sino que el servicio se mantuvo para garantizar la continuidad de un transporte público esencial mientras se tramitaba la nueva concesión.
La empresa asegura que esta situación se produjo además en un contexto de "especial precariedad contractual", en el que las condiciones del servicio dificultaban cada vez más su continuidad para los operadores que lo venían prestando. Según Avanza, algunos de ellos comunicaron a la Generalitat que no podían continuar con la prestación, lo que llevó a la Administración a adoptar medidas para evitar que los usuarios se quedaran sin transporte.
La compañía defiende así que las medidas de emergencia tuvieron un carácter transitorio y estuvieron destinadas a mantener el servicio hasta disponer de una solución definitiva.
Esta interpretación difiere de las conclusiones alcanzadas por el TACRC. El tribunal considera que la situación que desembocó en la adjudicación de emergencia era "estructural conocida y prolongada", al remontarse la caducidad de las concesiones anteriores a 2013 y 2016, y señala que el operador había advertido ya en marzo de 2024 de la eventual imposibilidad de continuar, mientras que la adjudicación directa no llegó hasta marzo de 2026.
El tribunal también concluyó que la utilización de las medidas excepcionales había superado materialmente el límite de dos años establecido por la normativa europea y consideró que estas fórmulas no pueden encadenarse de manera que terminen sustituyendo durante largos periodos a una licitación ordinaria.
La línea Callosa-Torrevieja, fuera del contrato
Avanza introduce además una precisión sobre la línea Callosa de Segura-Torrevieja. Según la compañía, esta conexión no forma parte del contrato CE-704 que ha sido objeto del recurso y de la resolución del TACRC.
La empresa responde así a las afirmaciones de GTV que relacionaban la situación de municipios de la Vega Baja que se habrían quedado sin servicio de autobús con el expediente recurrido. Avanza sostiene que la línea Callosa de Segura-Torrevieja no tiene relación con el CE-704 y considera que vincular su situación con este procedimiento puede llevar a una interpretación equivocada.
La compañía también subraya que GTV es una asociación empresarial que representa los intereses de un determinado grupo de operadores de transporte y sostiene que algunas de las afirmaciones realizadas por la entidad no se corresponden con la realidad del expediente.
En cualquier caso, la resolución del TACRC estima el recurso de GTV y declara nula la adjudicación realizada a Avanza. El tribunal ordena retrotraer las actuaciones al momento anterior a la decisión sobre el procedimiento de adjudicación, aunque no obliga a la Generalitat a utilizar un procedimiento concreto, al considerar que corresponde a la Administración determinar la solución que estime procedente dentro de la legalidad.
Mientras tanto, y según la información facilitada ahora por Avanza, el servicio ya ha sido sometido a una nueva licitación pública, cuyo plazo de presentación de ofertas ha concluido, aunque ese procedimiento vuelve a estar suspendido tras la presentación de otro recurso.