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entrevista. presidente de la asociación de empresas del sector de la energía (asener) 

Amat: "Las empresas y municipios de Alicante deberían reducir potencia eléctrica con la crisis

  • El ingeniero industrial y presidente de Asener, Fernando Amat.

ALICANTE. El ingeniero y master en Energias Renovables, Fernando Amat (Elda, 1967), preside la Asociación de Empresas del Sector de la Energía de la provincia de Alicante (Asener), desde su fundación en 2005. El colectivo empresarial se constituyó para promover el uso eficiente de la energía, y las renovables  en la provincia de Alicante y hoy agrupa a unas 50 firmas entre las que figuran ingenierías, consultorías energéticas e instaladores especializados en renovables y fabricantes. Tras 15 años de existencia, Asener se ha convertido en miembro de la Mesa del Autoconsumo de la Generalitat y colabora con la Agencia Provincial de la Energía de la Diputación de Alicante. 

Asener participa también en las mesas sectoriales, junto a Avasem (la asociación valenciana de empresas del sector), en el Instituto Tecnológico de la Energía (ITE), en APEME y en los colegios profesiones de ingenieros entre otros. Además, Amat es director técnico de la ingeniería Amat y Maestre, especializada en proyectos industriales, que ha coordinado la dirección de construcción de naves y edificios terciarios, cálculo y dimensionamiento de instalaciones para empresas como Vialco, La Escandella, Pompadour o Tempe.

En esta entrevista, conversa con Alicante Plaza sobre las posibilidades que ofrecen las medidas puestas en marcha por el Gobierno central encaminadas a aminorar costes energéticos con motivo de la declaración del Estado de Alarma.

-La orden de confinamiento general y la suspensión de actividades no esenciales acordada con motivo de la crisis sanitaria ha afectado de lleno a pymes, autónomos e industrias, que han tenido que cerrar sus negocios o parar sus procesos de producción mientras siguen asumiendo costes fijos, como los alquileres o los consumos de agua y electricidad. ¿Se ha habilitado alguna disposición para aliviar esa carga por lo que respecta al gasto eléctrico?

-Sí. Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2020 de 31 de marzo donde se adoptaban medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19, se permite entre otras medidas de flexibilización, la suspensión temporal de los contratos de suministro o la modificación de los términos de potencia en las empresas afectadas por la paralización o la disminución de su producción, mientras dure la declaración del Estado de Alarma.

"LA MEJOR OPCIÓN SERÍA LA DISMINUCIÓN DEL TÉRMINO DE POTENCIA, QUE SUPONE CASI EL 50% DEL PESO DE LA FACTURA (...) LOS AHORROS TOTALES PUEDEN LLEGAR AL 80% SI SE CUENTA LA POTENCIA Y EL CONSUMO"

-¿Es un sistema operativo y realmente útil?

-Yo diría que después de que el presidente del Gobierno anunciara el pasado 4 de abril la ampliación del Estado de Alarma, por lo menos hasta el próximo 26 de abril, no es que sea una medida útil, sino que se hace necesaria. Puede suponer un ahorro considerable en los costes fijos de las empresas o administraciones, siempre dependiendo de los tipos de suministros y potencias contratadas que se disponga.

-¿En qué consiste en concreto?

-Existen dos posibilidades. Por un lado, la suspensión del suministro y del pago de las facturas de electricidad, además de los pagos del gas natural, y productos derivados del petróleo, teniendo que hacer frente aun así al pago de los peajes, y de los impuestos indirectos durante ese periodo. Y por otro, la reducción temporal del término de potencia, que es la parte fija del recibo, mientras dura esta situación.

-¿Cómo se debe proceder para implantar esos cambios y, sobre todo, suponen algún coste?

-Se deben solicitar a las empresas comercializadoras. Una vez solicitados, los cambios deberán aplicarse en el plazo máximo de cinco días naturales y no tendrán coste para el usuario. Tanto en el caso de la electricidad como del gas, los usuarios podrán solicitar –en el plazo de tres meses desde el fin del Estado de Alarma- una nueva modificación del contrato sin coste alguno, salvo que la nueva potencia eléctrica que se contrate sea superior a la que el usuario tenía previamente o que, en el caso del gas, sea necesario realizar una puesta en servicio, consecuencia de un cierre previo al Estado de Alarma, y una puesta en seguridad de la instalación.

-¿Pero para un negocio es viable suspender el suministro energético?

-En las actividades industriales, en las administraciones públicas o en los servicios es difícil, ya que las mismas siempre tienen algún servicio esencial que deben tener en funcionamiento: alarma, cámaras frigoríficas, servidor, telefonía, etc… Es la potencia que se denomina stand-by de la instalación. Por eso, la mejor opción sería la disminución del término de potencia, que supone casi el 50% del peso de la factura, para las tarifas a partir de 15 Kw. En las de menor potencia, será el empresario el que valore, al ser la reducción mas limitada, si compensa su modificación.

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